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Tribunal ‘libra’ de multa e inhabilitación a Carlos Lomelí, exsuperdelegado de la 4T

  • El Tribunal señaló que, antes de que la empresa obtuviera los contratos, Lomelí Bolaños ya no era parte del consejo de administración y había cedido sus acciones a su esposa.

México, 03 de febrero del 2021.- El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) revocó este miércoles la inhabilitación de dos años y medio, y multa de 1 millón 51 mil pesos, que la Secretaría de la Función Pública (SFP) impuso a la empresa Lomedic S.A. de C.V, propiedad de la familia de Carlos Lomelí Bolaños.

Lomelí Bolaños fue superdelegado del Gobierno federal en Jalisco y justo este día se registró como precandidato de Morena a la presidencia municipal de Guadalajara.

Por nueve votos a dos, la Sala Superior del TFJA estimó injustificada la sanción impuesta en julio de 2020 por la SFP a Lomedic S.A. de C.V por presentar información falsa en licitaciones convocadas en 2015 por el IMSS y el ISSSTE.

Al imponer la sanción, la SFP estimó que, previo a participar en los procesos de licitación, Lomedic S.A. de C.V tuvo que haber notificado que uno de sus accionista (Carlos Lomelí Bolaños) era servidor público, lo cual no ocurrió.

La SFP agregó que la empresa violó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

No obstante, este miércoles en sesión pública los magistrados de la Sala Superior del TFJA estimaron que la empresa acreditó que, en 2015, al momento de cerrar los contratos, Lomelí Bolaños ya no era parte del consejo de administración de la empresa, pues sus acciones se las había donado al 100 por ciento, desde octubre de 2012, a su esposa Karina Lucía Navarro Pérez.

Al avalar por nueve votos a dos el proyecto de sentencia del magistrado Víctor Martín Orduña Muñoz, la Sala Superior del TFJA señaló que dicha sesión de derechos quedó certificada ante el Corredor Público número 23 en noviembre de 2012, es decir con anterioridad a los contratados obtenidos por Lomedic S.A de C.V con el sector salud federal

«La empresa no proporcionó información falsa en los procesos de contratación pública en los que participó», dijo el magistrado Orduña Muñoz.

En contraste, la magistrada Zulema Mosri, una de las dos que votó en contra, acusó que la cesión de las acciones de Lomelí Bolaños a su esposa fue «una simulación», y que sí hubo falsedad al declarar en las licitaciones que no había servidores públicos involucrados.

Mosri advirtió que, aunque Lomelí Bolaños ya no era accionista de la empresa, sí era el administrador único de la misma.

Dijo que la protocolización de noviembre de 2015 no podía tener efectos retroactivos ni adquirir fuerza probatoria para tener por demostrado que Lomelí ya no era socio.

La sentencia no es definitiva pues aún puede ser impugnada.

Con información de: https://www.elfinanciero.com.mx/

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