Tribunal electoral confirma que AMLO no puede promocionar la revocación de mandato
- Tras la decisión, se conminara al Presidente de la República a apegarse a las limitaciones constitucionales sobre la difusión de propaganda gubernamental
Ciudad de México, 15 de febrero del 2022.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las medidas cautelares impuestas por el INE, hacia el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
Con ello, se conmina al jefe del Ejecutivo Federal, para que no haga promoción alguna sobre el ejercicio de revocación de mandato.
El pasado 4 de febrero, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció al Presidente de la República, derivado de diversas expresiones con motivo de la conferencia matutina del 2 de febrero de 2022. Lo anterior, al considerar que dichas declaraciones implican indebido uso de recursos públicos y la ilegal promoción del Proceso de Revocación de Mandato.
El PRD, bajo la figura de tutela preventiva, solicitó que se conmine al Presidente López Obrador para que se apegue a las limitaciones constitucionales a las que está sujeto y no promocione el ejercicio de Revocación de Mandato en cualquiera de sus presentaciones públicas. El INE determinó procedente la medida cautelar solicitada.
El Titular del Ejecutivo, el Coordinador General de Comunicación Social, el Vocero del Gobierno de la República, el Director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, y el partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) interpusieron recursos de revisión del procedimiento especial sancionador para revisar el acuerdo del INE.
A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el TEPJF confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE debido a que se advirtió una conducta reiterada y sistemática por parte del titular del Ejecutivo, consistente en utilizar esa herramienta de comunicación para difundir propaganda gubernamental, lo que constituye un elemento objetivo y razonable para estimar el temor fundado y el riesgo inminente de que se repitiera la conducta sancionada a lo largo del periodo restringido constitucionalmente.
Por tanto, la Sala Superior -en sesión privada- confirmó que, bajo la figura de tutela preventiva, se conminara al Presidente de la República a apegarse a las limitaciones constitucionales sobre la difusión de propaganda gubernamental, a fin de que se abstenga de promocionar el ejercicio de Revocación de Mandato en cualquiera de sus apariciones públicas.
Con información de: https://www.eluniversal.com.mx/