Suscribe México acuerdo sobre revisiones electrónicas tributarias
Ciudad de México, 30 de enero de 2017.- La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informaron que se suscribió en México el primer Acuerdo Conclusivo producto de las nuevas revisiones electrónicas que se practican desde finales del año pasado.
El ombudsman fiscal informó que en cuanto el contribuyente recibió en su buzón tributario la resolución provisional de adeudos, interpuso a través del propio buzón la solicitud de Acuerdo Conclusivo con lo que de inmediato se suspendió la auditoría electrónica.
Desde septiembre pasado, el SAT inició en el país revisiones electrónicas que constituyen una nueva modalidad a través de la cual lleva a cabo procedimientos de fiscalización por medios electrónicos e interactúan con el contribuyente a través de estos medios.
Prodecon destacó que el 22 de noviembre pasado, una persona moral recibió en su Buzón Tributario una determinación provisional de adeudo por 796 mil pesos, por diferencias en el pago de impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscal 2014.
La Procuraduría inició el procedimiento de mediación respectivo, el que resultó satisfactorio tanto para la autoridad como para el pagador de impuestos, ya que la autoridad recibió el pago del adeudo que legalmente le correspondía y el contribuyente obtuvo, de acuerdo con lo previsto por la ley, una condonación de multas en cantidad de 159 mil pesos.
Ambas instituciones destacaron la seguridad jurídica y la transparencia que ofrece la ley a través del procedimiento de justicia alternativa denominado Acuerdos Conclusivos, único en el mundo, al ser inimpugnable y permitir a los contribuyentes sujetos de auditorías fiscales resolver sus diferencias con el fisco de manera consensuada, en presencia de Prodecon, evitando así juicios largos y costosos.
El defensor del contribuyente invita a los contribuyentes que sean sujetos de revisiones electrónicas a que cuando les sea notificada la resolución provisional por parte del SAT y no estén de acuerdo con los hechos u omisiones observados, que puedan generar incumplimiento de las disposiciones fiscales, soliciten un Acuerdo Conclusivo electrónicamente a través de su buzón tributario para, en caso de consenso, dar por terminada de manera anticipada y transparente el diferendo que surja con la autoridad fiscal.
Con información de: http://www.jornada.unam.mx/