Senado aprueba Reforma Laboral, modifica cinco leyes
- El dictamen plantea dotar a los trabajadores del país de justicia laboral, democracia sindical y protección de la negociación colectiva.
México, 29 de abril del 2019.- Con 120 votos a favor, los senadores de la República avalaron en la general, reformar, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social.
El dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos, Segunda, busca encontrar la justicia laboral, democracia sindical y proteger la negociación colectiva, refirió Napoleón Gómez, quien dio lectura al dictamen en tribuna.
Además de que con las modificaciones se pone en sintonía las leyes con las disposiciones del tratado comercial con Estados Unidos y Canadá (TMEC), y con el convenio 87 y 98 de la OIT, en materia de libertad sindical.
Hasta el momento se discuten las múltiples reservas que se realizaron por los grupos parlamentarios, una vez agotados, el dictamen se remitirá al ejecutivo para los efectos constitucionales.
LOS PUNTOS CENTRALES
La reforma gira en torno a ejes centrales como la libertad y la democracia sindical, con voto libre, secreto, personal y directo para elegir a los líderes de las organizaciones gremiales y establece que los sindicatos van a tener que someter a votación de todos sus agremiados los contratos colectivos de trabajo.
Elimina las juntas de Conciliación y Arbitraje y las sustituye por tribunales especializados pertenecientes al Poder Judicial; se incorporan nuevas fracciones al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo que prohíbe a los patrones obligar a los trabajadores por coacción o por cualquier otro medio, como afiliarse o retirarse del sindicato o agrupación a que pertenezcan.
Así como a que voten por determinada candidatura, así como cualquier acto u omisión que atente contra su derecho a decidir quién debe representarlos en la negociación colectiva.
El artículo 378 prohíbe a los sindicatos, federaciones y confederaciones ejercer actos de violencia en contra de sus miembros, el patrón, sus representantes o sus bienes, o en contra de terceros, así como participar en actos de simulación asumiendo el carácter de patrón, con el fin de que el verdadero patrón evada sus responsabilidades.
Además de que los trabajadores puedan presentar por escrito su voluntad para que no se le aplique la cuota sindical y el patrón no pueda descontarlo y que se aplique una multa de hasta cinco mil UMAS a las mineras que por su omisión, produzca un riesgo de trabajo que provoque la muerte del trabajador.
LAS LEYES QUE SE REFORMAN:
- Ley Federal del Trabajo
- Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Ley Federal de la Defensoría Pública
- Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
- Ley del Seguro Social
Con información de: https://www.publimetro.com.mx