Economia

¿Quién se quedará con tu ahorro de la Afore? Conoce la forma correcta de designar a los beneficiarios

  • Si no recuerdas a quién registraste como la persona que podrá cobrar tu ahorro para el retiro en caso de que mueras, actualiza esta información, le quitarás dolores de cabeza a tus seres queridos.

Ciudad de México, 24 de octubre del 2024.- Todas las personas que han tenido un trabajo formal, es decir, donde les hayan dado de alta ante el IMSS o ISSSTE tienen ahorro para el retiro acumulado y manejado por una Afore.

Actualmente existen poco más de 72 millones de cuentas de ahorro para el retiro en las Afores, según datos de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

Estas cuentas deberían tener beneficiarios, es decir, personas designadas para reclamar el dinero en situaciones donde la persona dueña de ese dinero fallezca.

“En caso de que el dueño de la cuenta individual fallezca, la ley contempla que los recursos de la cuenta individual son heredables y las personas designadas, para recibir los recursos, son llamadas beneficiarios”, informó el órgano regulador de las afores.

Tipos de beneficiarios

La Consar detalla que actualmente existen dos tipos de beneficiarios: los legales, que son aquellos que están dentro del círculo familiar directo y los sustitutos, que son quienes recibirían el dinero a falta de pareja, hijos, padres o abuelos, es decir, tíos, primos o incluso, amigos.

Los beneficiarios legales son quienes tienen relación directa con el titular de la Afore y son designadas como beneficiarios en el seguro social, explicó Gerardo López Jiménez, director de R.G. Lopez Jiménez, despacho especializado en el Sistema de Ahorro para el Retiro.

Pueden ser el esposo o esposa que dependía económicamente del trabajador fallecido, hijos menores de 16 años, o menores de 25 años que no pueden mantenerse con trabajo propio o están estudiando en instituciones del sistema nacional de educación.

También son beneficiarios legales los padres, si vivían con el trabajador o concubina o concubinario si dependía económicamente del trabajador fallecido.

Es importante designar a las personas que podrán reclamar tu dinero, para evitarles complicaciones, ante el IMSS o ISSSTE como beneficiarios de tu seguridad social, porque esto los avalará como beneficiarios legales de tu ahorro para el retiro.

Para dar de alta a los beneficiarios legales es necesario acudir a una subdelegación del IMSS donde esté inscrito el trabajador y llevar una serie de documentos que avalen la relación que se tiene con la persona que se dejará como beneficiaria del dinero en la Afore.

Gerardo López Jiménez, explicó que si bien se tienen que designar beneficiarios es de suma importancia que éstos también se encuentren dentro del contrato laboral que se haya firmado en el centro de trabajo o ante los beneficios de seguridad social del IMSS o ISSSTE.

Por otro lado, los beneficiarios sustitutos son aquellas personas que podrán reclamar el dinero en la Afore de un ser querido que los haya registrado como tales.

De acuerdo con información de la Afore Invercap, los beneficiarios sustitutos pueden recibir recursos de la cuenta individual de un trabajador, esto siempre y cuando no existan beneficiarios legales. En su sitio web explica que los individuos que participan como sustitutos, no tienen que ser necesariamente familiares directos del trabajador.

“El titular de la cuenta individual puede elegir hasta cinco beneficiarios de Afore y otorgarles un porcentaje, y podrá modificar su decisión cuantas veces quiera. Éstos son dados de alta en tu expediente electrónico”, detalla.

A falta de beneficiarios designados, ya sea legales o sustitutos la entrega del dinero se hará en el orden de prelación previsto en el Artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que los interesados podrán acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría y atención en forma gratuita, explica la Consar.

Con información de: https://www.eleconomista.com.mx/

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