Presenta PRI iniciativa para ejercer cargos públicos en condiciones de igualdad y paridad, libre de todo tipo de violencia y discriminación.
Pachuca, Hgo., a 12 de septiembre de 2019.
- Propuesta reforma artículo 17 fracción IV y 24 fracción IV, párrafo quinto y se adiciona la fracción VI del artículo 17 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo
- Reciente Reforma electoral re definió la violencia política contra las mujeres en razón de género, como toda acción u omisión dirigida contra la mujer por su condición
El Grupo Legislativo del PRI en el Congreso presentó una iniciativa de reformas a la Constitución Política del Estado de Hidalgo, a fin de establecer como prerrogativa el “ejercer cargos públicos en condiciones de igualdad y paridad, libre de todo tipo de violencia y discriminación, de conformidad con los requisitos de ingreso que la Ley establezca”.
La propuesta presentada a través de la diputada Mayka Ortega Eguiluz establece que son prerrogativas del ciudadano del Estado ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición, conforme a la Ley. Así como que “las autoridades electorales tienen la obligación de prevenir y sancionar la violencia política por razones de género”.
La iniciativa presentada en el marco de la sesión ordinaria de trabajo de este órgano legislativo, reforma el artículo 17 fracción IV y 24 fracción IV, párrafo quinto y se adiciona la fracción VI del artículo 17, de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.
Igualmente se indica que conforme a lo aprobado en la reciente Reforma electoral para el estado de Hidalgo, se redefinió la violencia política contra las mujeres en razón de género, como toda acción u omisión dirigida contra la mujer por su condición de mujer o por lo que representa bajo concepciones basadas en estereotipos de género.
“Es decir, tiene un impacto diferenciado o genera desventajas, tiene por objeto o resultado sesgar, condicionar, impedir, restringir, suspender, limitar, anular, menoscabar o afectar el reconocimiento, goce o ejercicio efectivo de los derechos político electorales de una mujer o mujeres o el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o función de poder público. Estas acciones u omisiones podrán presentarse de manera simbólica, verbal, patrimonial, económica, física, sexual y/o psicológica”, cita la iniciativa.
El proyecto refiere que la violencia es uno de los principales obstáculos que en el ejercicio de los derechos político electorales se encuentran todos los ciudadanos, primordialmente las mujeres, como una consecuencia de la hegemonía histórica masculina sobre los cargos públicos, vulneración de derechos que hoy es concebida como violencia política en razón de género.
“Conceptualmente, la violencia política en razón de género es toda acción u omisión que, en el marco del ejercicio de los derechos político electorales o bien en el ejercicio de un cargo público, tenga por objeto o resultado limitar o anular el ejercicio efectivo de los derechos político electorales de una mujer o mujeres”, expresa el texto
Igualmente, agrega, ocurre en “el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o su función del poder público; y se manifiesta en presión, persecución, hostigamiento, acoso, coacción, vejación, discriminación, amenazas o privación de la libertad o de la vida en razón del género”.