Presenta Morena iniciativa contra conflictos de intereses.
México, 24 de marzo del 2020.- Para tratar de prevenir que los negocios de funcionarios y sus familiares influyan en sus cargos, Morena en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa de ley federal de combate a los conflictos de intereses, que busca incluir, por ejemplo, una definición de pareja de los servidores públicos y obligarlos a vender sus activos en empresas o constituir un denominado fideicomiso ciego, donde no tenga forma de conocer el manejo de sus bienes.
La iniciativa, que se turnó a comisiones, también prevé que el gobierno federal no podrá otorgar contratos a empresas de las que funcionarios públicos de alto nivel hayan formado parte dos años previos a su cargo, al igual que su cónyuge, concubina, concubinario, conviviendo, pareja o parientes hasta el cuarto grado.
En el proyecto, Morena resaltó que si bien la Ley General de Responsabilidades Administrativas prevé obligaciones y sanciones administrativas a funcionarios, y que la Ley de Austeridad Republicana prevé que éstos no podrán asumir un cargo en la iniciativa privada en los diez años posteriores al término de su función, las disposiciones son insuficientes para prevenir y castigar el conflicto de interés.
La iniciativa, que la bancada de Morena comprometió presentar desde una reunión en febrero de 2019 con la secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval, busca definir los límites que obliguen a los funcionarios a anteponer el interés general por encima de sus intereses privados.
La bancada mayoritaria consideró que el marco legal no regula los conflictos de interés y ha sido insuficiente para prevenirlos y sancionarlos, porque además no existe, en el plano práctico, un acuerdo sobre la extensión y límites del concepto, además de que existe una dispersión de definiciones y sanciones en las leyes.
En ese sentido, se planteó introductor el concepto de conflicto de interés como “la situación en que los interés particulares del os funcionarios se contraponen con el desempeño imparcial y objetivo de sus funciones”.
También, agregar la definición de “actuación bajo conflicto de interés”, cuando un servidor público “interviene por motivo de su empleo, cargo o comisión en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga conflictos de intereses o impedimento legal.
En el articulado se planteó la siguiente definición de la pareja de un funcionario público: “la unión de dos personas que, con independencia de su cohabitación, se vinculan afectiva y sentimentalmente, formando una convivencia formalizada que les permite compartir espacios, actividades recreativas y sociales, así como relaciones interpersonales con los integrantes del núcleo familiar de cada uno”.
Con información de: https://www.jornada.com.mx/