Por sobrepoblación, Tribunal ordena a CDMX construir nuevos penales
- El tribunal señaló que la administración local ha sido omisa en atender el problema, pues ha quedado demostrado que en la actualidad existe una sobrepoblación de 61.51%.
México, 22 de marzo del 2018.- El Gobierno de la Ciudad de México fue obligado a atender el problema de la sobrepoblación en los penales de la capital, por lo que debe aumentar y readecuar las instalaciones de estos, o en su caso construir nuevos centros penitenciarios, porque así lo ordenó un Tribunal Federal.
El tribunal de alzada señaló que la administración local ha sido omisa en atender el problema, pues ha quedado demostrado que en la actualidad existe una sobrepoblación del 61.51 por ciento en los centros penitenciarios a su cargo.
El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito puntualizó que el Gobierno de la CDMX no ha realizado alguna acción para “desplegar sus atribuciones legales conferidas en la Ley de los Centros de Reclusión del Distrito Federal”, en relación con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y el Programa de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018.
Por ello, ordenó a las autoridades responsables realizar el aumento y readecuación de los Reclusorios Preventivos Varonil Norte, Oriente y Sur, así como la Penitenciaría de la Ciudad de México o, en su defecto, a la construcción de nuevos centros de reclusión como un medio absoluto y eficaz para resarcir la violación al derecho humano a la dignidad humana perpetuado en contra de las personas privadas de su libertad.
El fallo derivó de un amparo otorgado a la Asociación Civil denominada Documenta, Análisis y Acción para la Justicia Social, quien reclamó el hacinamiento y sobrepoblación que priva en los centros de reclusión.
El magistrado Jorge Arturo Camero Ocampo presentó un proyecto de sentencia, que fue avalado por unanimidad, que revocó el sobreseimiento decretado por el juez Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.
El Tribunal determinó que la asociación civil cuenta con interés legítimo para reclamar la violación a diversos derechos tales como a la dignidad humana, salud, alimentación, integridad física, así como al principio de reinserción social, toda vez que se acreditó que el objeto social de la asociación está dirigido a la defensa de los derechos humanos de grupos o personas en situación de alta vulnerabilidad, como es el caso de las personas privadas de su libertad.
En la sentencia se menciona que el derecho a la dignidad humana constituye una prerrogativa fundamental inherente al ser humano, de la cual derivan los demás derechos humanos, por lo que su incumplimiento por parte de las instituciones del Estado agudiza las violaciones tratándose de personas privadas de su libertad.
El proyecto enfatiza que es obligación del Estado asumir las iniciativas necesarias para garantizar a los reclusos las condiciones indispensables para el desarrollo de una vida digna que contribuya al goce efectivo de aquellos derechos que bajo ninguna circunstancia pueden restringirse o de aquellos cuya limitación no derivan de la privación de la libertad.
Obligaciones que que no han sido acatadas por parte de las autoridades responsables de la CDMX, ya que del análisis de los informes, inspecciones judiciales y demás medios de prueba aportados por las partes, “se advierte fehacientemente que en la actualidad existe una sobrepoblación del 61.51% en los centros penitenciarios a su cargo.”
Rubén Mosso | Milenio