Pleno de la Corte abre posibilidad de revisar reforma judicial
- El máximo tribunal analizó una consulta presentada por la ministra presidenta Norma Piña que deriva de una solicitud de jueces y magistrados
Ciudad de México, 03 de octubre del 2024.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará si puede revisar la reforma judicial, incluso suspenderla.
Este jueves, el máximo tribunal analizó la consulta a trámite planteada por la ministra presidenta Norma Piña derivada de la solicitud de jueces y magistrados.
Con ocho votos se aprobó que la Corte inicie una controversia con base en la fracción XVII del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para resolver conflictos al interior.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá elaboró el proyecto de sentencia en el que propuso reencauzar la solicitud de jueces y magistrados con otro fundamento normativo.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa fue la primera que se pronunció en contra del proyecto de González Alcántara Carrancá por considerar que los juzgadores que promueven la controversia materia de la consulta, por sus cargos, tienen los conocimientos jurídicos suficientes para que se les considere peritos en Derecho y no un grupo vulnerable carente de defensa, por lo que no requieren que se corrija el error en el que incurrieron en su solicitud.
“Mal haríamos en variar el apoyo jurídico que expresamente señalaron en su escrito, por el riesgo que significa modificarlo que con voluntad plena quisieron plantear como profesionales del Derecho”, dijo.
También señaló que la solicitud se presentó antes de que la reforma fuera promulgada y se busca declarar su nulidad por lo que debe declararse improcedente la petición al haberse consumado en forma irreparable el decreto.
Lenia Batres consideró que al señalar que otro fundamento normativo es la vía idónea y no el planteado por los promoventes, excede de la materia de la consulta y se genera la suplencia de la queja.
“El proyecto pretende construir una interpretación fraudulenta de la fracción XVII del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que faculte a esta Suprema Corte a someter las reformas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a una especie de escrutinio jurisdiccional, ello es evidentemente contrario a la literalidad de esta fracción…
“Por ello, es irracional afirmar que el legislador federal haya establecido en dicha fracción un procedimiento excepcional para que este Pleno resuelva controversias con otros poderes públicos que puedan afectar su independencia y autonomía, pues no existe sustento normativo alguno, ni siquiera un resquicio de ambigüedad, que permita a esta SCJN sostener esa interpretación”, explicó.
Destacó que, aunque existen precedentes en los que esta fracción se ha utilizado indebidamente para resolver controversias con órganos externos al PJF, éstos se han limitado siempre a leyes, nunca se ha admitido en esta vía una cuestión derivada de una reforma constitucional.
Dijo que si la SCJN se arroga atribuciones que no tiene, viola el principio de supremacía constitucional, así como la división de poderes y el Estado Constitucional de Derecho y estaría dando un golpe de estado.
“La SCJN estaría dando un auténtico golpe de Estado al pretender someter a control constitucional el trabajo del poder reformador, que ha participado en el proceso de reforma constitucional en materia del Poder Judicial en estricto cumplimiento a lo ordenado en el artículo 39 constitucional, que establece que todo poder público dimana del pueblo y se instituye en beneficio de éste”, enfatizó.
Luis María Aguilar dijo que daría su opinión absteniéndose de expresiones calificativas porque se trata de dar argumentos jurídicos y no expresiones subjetivas.
Aseguró que las intromisiones a la autonomía del PJF no sólo afectan a este sino que impactan en los derechos de acceso a la justicia de todas las personas en México.
“Por lo que no se encuentra en juego, únicamente las competencias del PJF sino los derechos de todas las personas de este país a una justicia pronta, completa e imparcial”, enfatizó.
La ministra Margarita Ríos Farjat señaló que se trata de un momento histórico que da la posibilidad de que el derecho constitucional se enriquezca con debates más amplios, pues si antes no se habían presentado estas consultas es porque no se había realizado una reforma como la aprobada recientemente.
“Yo estoy a favor del proyecto; el análisis de fondo, sobre si la pretensión de los promoventes tiene sustento o no, no corresponde a este momento procesal, ya lo dijo el ministro ponente. Esta es una consulta preliminar, solo para saber cómo analizar lo que las personas magistradas nos plantean. Decirles que no procede nada, desde este momento, es responderles sin que estudiemos lo que están consultando”, dijo.
González Alcántara Carrancá dijo que el planteamiento de analizar la constitucionalidad de una reforma a la Carta Magna ha sido defendido y promovido por el partido que hoy goza del oficialismo.
“Nadie en ese momento los acusó de golpistas, me gustaría recordar que en el amparo indirecto 70/2014, suscrito por grandes juristas de nuestro país, a quienes respeto muchísimo como lo es Ernestina Godoy, Adán Augusto López y Ricardo Monreal, en ese momento lo que pedían era revisar el proceso constitucional, el proceso de reforma de la Constitución hace 10 años, nadie en ese momento, reitero, los acusó de golpistas”, destacó.
Con información de: https://heraldodemexico.com.mx/