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Multa por no respetar la ley seca en CDMX

Ciudad de MJéxico, 14 de septiembre del 2024.- ¿Estas dispuesto a hacer trabajo comunitario y a pagar hasta 30 umas? Porque es lo que deberás afrontar en caso de romper la ley seca. La Ciudad de México está lista para celebrar los 214 años de independencia, por lo que las autoridades de la capital del país han exhortado a la población a disfrutar la celebración patria respetando las medidas establecidas y publicadas en la Gaceta Oficial de la CDMX.

En el documento quedó establecido que cuatro de las 16 alcaldías que conforman a la CDMX aplicarán la ley seca (venta de bebidas alcohólicas) durante el 15 y 16 de septiembre. ¿Cuáles alcaldías aplicarán la ley seca?

  • Cuajimalpa
  • La Magdalena Contreras
  • Tlalpan
  • Xochimilco

¿Qué pasa si no se respeta la ley seca en estas demarcaciones?

La Ley de Establecimientos Mercantiles indica que, de no acatar esta medida, los establecimientos serán sujetos a un inventario hecho por las autoridades correspondientes, trasladando las bebidas alcohólicas a donde ellos destinen.

Además, los dueños de los negocios que falten a la ley tendrán una multa de 351 a 2,500 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente; lo que equivale a pagar de entre $38,108.75 hasta $271,425.00.

La Ley de Cultura Cívica capitalina establece que, como individuo, en caso de consumir bebidas alcohólicas en lugares públicos, tendría una sanción de 12 a 18 horas de trabajo comunitario y una multa de entre 21 y 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que corresponde a pagar entre $2,279.97 y $3,257.10.

¿Quiénes deben suspender su venta de bebidas alcoholicas con la ley seca?

A través de la Gaceta Oficial de la CDMX se estableció la suspensión de actividades para la venta de bebidas alcohólicas de cualquier graduación en establecimientos mercantiles como:

  • Vinaterías
  • Tiendas de abarrotes
  • Supermercados con licencia para venta de vinos y licores
  • Tiendas de autoservicio
  • Tiendas departamentales

También entra en la prohibición cualquier otro establecimiento mercantil similar, incluyendo el servicio a domicilio y la comercialización y obsequio de las bebidas alcohólicas para el consumo humano.

con información de https://www.eleconomista.com.mx/

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