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Ministro González Alcántara elaborará nuevo proyecto sobre Inai

Ciudad de México, 14 de julio del 2023.- El ministro Juan Luis González Alcántara fue designado para elaborar un nuevo proyecto de sentencia respecto de la controversia constitucional presentada por el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) en contra del Senado de la República por la falta de designación de tres integrantes.

Ayer ocho de los once integrantes de la Suprema Corte de la Nación (SCJN) votaron porque se declare que el Senado incurrió en omisiones al considerar que el órgano legislativo ha excedido “cualquier plazo razonable” para nombrar a los comisionados del Inai.

Durante sesión de Pleno del jueves, por ocho votos en contra los integrantes de la Corte votaron en contra del proyecto que presentó la ministra Loretta Ortiz, en el que se proponía desechar la controversia constitucional presentada por el Inai.

El ministro González Alcántara argumentó durante la sesión que “existen suficientes elementos que me llevan a concluir que el Senado de la República ha incurrido en una omisión en el nombramiento de las personas que deberán cubrir las vacantes de comisionados del Inai tras la salida de los comisionados Monterrey Chepov y Guerra Ford, así como de Acuña Llamas ante el retraso excesivo en el procedimiento, el cual no se encuentra justificado por el hecho de que se hayan realizado algunas de las etapas del procedimiento o que en alguna instancia ha habido dificultades para alcanzar un acuerdo político”.

Asimismo, el nuevo ponente de este caso —podría proponer un plazo para que el Senado designe a los nuevos comisionados del Inai o bien establecer que el organismo de transparencia podría sesionar con solo tres de sus integrantes— , expuso para ponerse al proyecto de Loretta Ortiz que “en una de las etapas del proceso la Junta de Coordinación Política del Senado tardó en elegir los nombramientos y someterlos a votación del Senado 327 días desde que recibió el dictamen con un listado de aspirantes por parte de las Comisiones del Senado encargadas”.

Para González Alcántara “un plazo razonable puede definirse en función de primero: la fecha en que inicia el cargo; segundo: el tiempo en que la autoridad se ha tardado en el pasado, en suplir las vacantes. Tercero: otros plazos previstos en las normas relacionadas, tal como lo es, el plazo que se previó para la primera conformación y cuarto: las circunstancias excepcionales que pudieran modificar o justificar cualquier alteración del plazo.

“En este caso, considerando dichos criterio, incluyendo que además a la fecha, el pleno del Inai, cuenta con menos de cinco comisionados, lo que le impide realizar algunas de las facultades previstas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, me parece y nos debe de parecer, que los 469 días que han transcurrido al día de hoy, desde que se generaron las vacantes, excede cualquier plazo razonable y por lo tanto, se configura la omisión del Senado en sus facultades del ejercicio obligatorio, en los dos primeros casos y 103 días, desde que se generó la tercera vacante”.

Con información de: https://www.jornada.com.mx/

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