Migrantes vulnerables de contagio obtendrán residencia temporal: juez.
Ciudad de México, 18 de abril del 2020. El juzgado primero de distrito en materia administrativa ordenó poner en libertad a todos los migrantes indocumentados que formen parte de grupos vulnerables ante el Covid-19, para evitar que adquieran dicha enfermedad, lo cual obligaría a las autoridades a garantizarles derechos temporales de residencia y encontrar otros mecanismos para darles seguimiento mientras se encuentren en territorio nacional.
El titular de dicho juzgado, Jonathan Bass, concedió un amparo en el cual le ordena a las autoridades que elaboren y divulguen un informe detallado en el cual se exponga el número de personas que se encuentran en estaciones migratorias y están en condiciones de vulnerabilidad por ser mayores de 60 años, padecer alguna enfermedad crónica, tener algún tipo de discapacidad, ser menor de edad o por cualquier otra razón.
Acto seguido, indicó la resolución de Juzgado, se les debe poner “de inmediato en libertad” para evitar que puedan contagiarse de coronavirus y debe optarse por otros mecanismos para su seguimiento en territorio nacional, lo cual implica que se les otorguen derechos temporales de residencia que incluyan acceso a beneficios sociales y de salud.
De igual forma, los migrantes o solicitantes de asilo deben ser contemplados “en las respuestas nacionales dirigidas a prevenir y mitigar la transmisión del virus mencionado, lo cual debe incluir pruebas y tratamientos, en igualdad de condiciones a las destinadas a los nacionales y a las personas con permanencia legal en la República Mexicana”.
Por otra parte, el Juzgado también ordenó que las autoridades correspondientes sigan los protocolos de prevención sanitaria en las estaciones migratorias para evitar contagios por Covid-19, implementen medidas sanitarias eficaces en dichos sitios, pongan en marcha acciones para detectar a personas posiblemente enfermas y se aseguren que los migrantes detenidos puedan tener contacto con sus familias en el exterior.
En ese sentido, exigió que “se garantice el derecho humano a la salud de las personas internadas en las estaciones migratorias no sólo en lo relativo al contagio de este virus, sino también garantizando el suministro básico de higiene personal, el acceso a agua potable y a alimentos sanos, nutritivos y adecuados”.
Asimismo, el fallo ordena que “se realicen inspecciones periódicas a las estaciones migratorias a efecto de verificar que se cumplen con los estándares de respeto a los derechos humanos de las personas que ahí se encuentran”, y “se pongan a salvo a las y los niños y adolescentes cercanos a la adultez, no acompañados, en estancias adecuadas que garanticen su vida y su integridad”.
Por otra parte, se indicó que el gobierno de México debe establecer “una estrategia para que las personas en situación de migración o solicitantes de protección internacional puedan acceder a beneficios económicos que coadyuven en su sustento” y “garantizar el acceso a la información, para que las personas internadas en las estaciones migratorias de todo el país, así como sus familias, tengan conocimiento de las medidas adoptadas para la protección de la salud, en virtud de la pandemia decretada por Covid-19”.
Con información de: https://www.jornada.com.mx