Hidalgo

Mediante apelación, la PGJEH consigue sentencia de 56 años de prisión para responsable de desaparición cometida por particulares, ocurrida en el bar “Jalisco no te rajes”

Pachuca de Soto, Hgo., a  02 de enero de 2024.- La Subprocuraduría de Delitos de Género Desaparición de Personas e Impacto Social, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH), apeló una sentencia de 37 años de prisión para una persona responsable de desaparición cometida por particulares y como resultado de dicho medio de impugnación, la autoridad judicial impuso una nueva sentencia, de 56 años y tres meses de prisión.

En febrero de 2022, la víctima fue vista por última vez en el estacionamiento del bar “Jalisco no te rajes”, ubicado en Pachuca de Soto.

Ante la denuncia por desaparición de la víctima, agentes del Ministerio Público encargados de dirigir la investigación, se allegaron de datos de prueba y se determinó la identidad de quien en ese momento era el probable responsable, quien responde a las iniciales A. G. Z.

Con base en las indagatorias, esta representación social solicitó la orden de aprehensión, misma que fue concedida por un juez de control y ejecutada por agentes de la División de Investigación adscritos a la Subprocuraduría de Delitos de Género Desaparición de Personas e Impacto Social.

Durante la audiencia inicial el Ministerio Público formuló la imputación y obtuvo vinculación a proceso para A. G. Z., una vez agotadas todas las etapas del proceso penal, un tribunal de enjuiciamiento dictó fallo condenatorio y en audiencia de individualización de sanciones, al responsable de la conducta delictiva le fue impuesta una sentencia de 37 años y seis meses de prisión, una multa económica y el pago por concepto de la reparación del daño.

Sin embargo, esta representación social inconforme de la sentencia emitida por el tribunal de enjuiciamiento contra el responsable del delito, interpuso un recurso de apelación sobre la sentencia emitida el pasado 18 de agosto.

La autoridad judicial resolvió modificar dicha sentencia y condenó a A. G. Z., a 56 años y tres meses de prisión por su responsabilidad en el delito de desaparición cometida por particulares, además se impuso una multa económica y el pago por concepto de la reparación del daño.

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