Economia

Manifiesta UIF inconformidad con ajustes de la Corte

Ciudad de México, 11 de octubre del 2024.- La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) manifestó inconformidad con los ajustes que realizó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el procedimiento para resolver una contradicción entre dos instancias judiciales. La UIF, un organismo que encabeza Pablo Gómez, ex dirigente del extinto Partido de la Revolución Democrática (PRD), consideró que con los cambios, la Corte obstaculiza las medidas de protección del sistema financiero.

En un comunicado, expuso que el pasado miércoles, la Segunda Sala aprobó con el voto de tres de sus cinco integrantes, una resolución en la que agregó requisitos relacionados a la solicitud expresa, entre los que se encuentra la existencia de un convenio que establezca la reciprocidad explícita y obligatoria entre el país solicitante y México. Para la UIF este requisito no existe en el sistema internacional de inteligencia financiera, lo que podría hacer imposible satisfacer México cualquier solicitud procedente del extranjero.

“En un procedimiento para resolver una contradicción entre dos instancias judiciales, la Segunda Sala optó por hacer más difícil validar solicitudes de entidades extranjeras para bloquear personas físicas y morales en México”, mencionó la UIF. Comentó que la resolución de la Corte tiene como propósito obstaculizar aún más la aplicación de las medidas de protección del sistema financiero mexicano como es la incorporación de registros a la lista de personas bloqueadas.

La UIF sostuvo que la Segunda Sala tiene una jurisprudencia dictada con motivo de una “interpretación conforme” de varios amparos que atrajo la corte, con la que se ha pretendido desde 2018 hacer nugatoria la facultad gubernamental de incorporar a la Lista de Personas Bloqueadas a sujetos considerados como peligrosos o altamente riesgosos para que se les impida realizar operaciones financieras en México. Agregó que no se trata de una sanción sino de una medida preventiva fijada por la Ley de Instituciones de Crédito y aplicada por la SHCP a través de la UIF.

“Sin embargo, para la Segunda Sala de la SCJN ese procedimiento no concuerda con la Constitución a menos de que sea solicitado por un país extranjero, a lo que ahora se le añaden nuevos impedimentos en forma de requisitos imposibles de cumplir”, comunicó la UIF. Indicó que el Gobierno de México solicitó a la SCJN que su Segunda Sala elimine la jurisprudencia de 2018, y aunque admitió el tema, no lo ha discutido. “La experiencia ha demostrado que la mencionada jurisprudencia (denominada “Medina Mora” debido a los apellidos del entonces ministro que la impulsó y organizó procesalmente su aprobación) no protege a la ciudadanía sino a quienes realizan actividades de lavado de dinero”, advirtió la UIF.

Concluyó que sigue pendiente el examen de este asunto en la SCJN para eliminar los obstáculos judiciales impuestos a las funciones propias de la inteligencia financiera y el combate a la delincuencia y la corrupción, sin menoscabo de que también sigue abierto el camino de las reformas legislativas.

con información de https://www.jornada.com.mx/

Botón volver arriba