Presidencia

La consejera jurídica Ernestina Godoy, indicó que la suspensión ordenada por una jueza para eliminar el decreto de la Reforma Judicial es improcedente

Ciudad de México, 18 de octubre del 2024.- La consejera Ernestina Godoy, indicó que la suspensión ordenada por una jueza para eliminar el decreto de la Reforma Judicial es algo improcedente por lo siguiente:

Es facultad soberana del Constituyente permanente exenta de revisión judicial, establecida en el artículo 135, que dice que puede ser adicionada o reformada por el Congreso de la Unión y la mayoría de los congresos locales.

No existe en el sistema jurídico una disposición constitucional o legal que otorgue al Poder Judicial o cualquier otro ente facultad para cuestionar, revisar o anular la labor del órgano revisor de la constitución.

Un juzgador no se puede autofacultar para someter a revisión jurisdiccional una reforma constitucional.

De igual forma, el exministro de la Corte, Arturo Zaldívar, añadió que las suspensiones son abiertas contrarias a derecho, ya que los amparos no proceden en contra de reformas constitucionales ni mucho menos contra procesos legislativos y mucho menos invalidar o quitar una publicación del Diario Oficial de la Federación.

En estos casos, las juezas y jueces están actuando al margen de sus atribuciones con un interés personal y directo en contra de la reforma, estando impedidos para resolver y están trastocando y desafiando el orden constitucional.

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