IHM concluye talleres sobre órdenes de protección
Pachuca, Hgo., 12 noviembre de 2018.- Con el fin de que autoridades municipales conozcan y apliquen herramientas jurídicas para la atención de mujeres en situación de violencia, el Instituto Hidalguense de las Mujeres (IHM), por instrucción de la Secretaría de Gobierno (SEGOB) y con el financiamiento del Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) llevó a cabo 5 talleres en materia de Órdenes de Protección, dirigido a personal directivo de los ayuntamientos.
En las sedes regionales de Molango, Tulancingo, Tula de Allende, Alfajayucan y finalmente en Pachuca, se dieron cita: conciliadores(as) municipales, personal de Seguridad Pública, titulares de Instancias para el Desarrollo de las Mujeres, DIF, salud, áreas jurídicas, alcaldes, alcaldesas, secretarios generales, tesoreros, regidoras(es), titulares de las sindicaturas, trabajadoras sociales, psicólogas y abogadas de los municipios correspondientes a cada región.
María Concepción Hernández Aragón, directora general del IHM, al darles la bienvenida a nombre del secretario de Gobierno, Simón Vargas Aguilar, recordó que la Reforma Constitucional de 2011 en materia de derechos humanos, estableció la obligatoriedad para todo el funcionariado público nacional, estatal y municipal, de atender la violencia contra las mujeres, máxime para quienes tienen expresamente esta tarea como función principal, por ello la importancia de la capacitación.
Explicó que el Código Nacional de Procedimientos Penales, así como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su homóloga estatal, establece las órdenes de protección como una medida cautelar para impedir que los actos violentos continúen o se repitan, para no dejar en la indefensión a las víctimas de la violencia familiar y sexual; exhortó a quienes tienen responsabilidad directa en los gobiernos locales, como las y los conciliadores municipales, evitar resistencias e inercias que obstaculizan el uso de esta herramienta jurídica, por temor a consecuencias legales.
Si bien recomendó observar en todo momento las garantías constitucionales de ambas partes, enfatizó la necesidad de hacer un ejercicio de ponderación de derechos y valorar el grado de riesgo para la víctima, “las órdenes de protección, al ser de intervención inmediata, no causan estado, por lo tanto difícilmente se le puede fincar responsabilidad legal a quien la emite, en cambio si no protegemos la vida de una mujer, eso sí va a tener trascendencia, y además se estaría incumpliendo la política de género del gobernador Omar Fayad Meneses, en aras de un Hidalgo con justicia y más igualitario”, concluyó.