IEEH llevó a cabo la cuarta sesión extraordinaria del mes
Pachuca de Soto, Hgo., 28 de Marzo 2016
El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, llevó a cabo la cuarta sesión extraordinaria del mes en donde se abordaron los siguientes puntos:
- Lectura y aprobación del proyecto de acuerdo propuesto al Pleno por la Comisión Permanente de Prerrogativas y Partidos Políticos, relativo a las consideraciones, forma y procedimiento a seguir en la asignación de los lugares de uso común, mamparas y bastidores, para colgar o fijar propaganda electoral, así como para el uso de locales cerrados de propiedad pública; aplicable a los Partidos Políticos, Coaliciones y Candidatos Independientes. A este respecto es necesario precisar que los Consejos Municipales Electorales, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, y en ejercicio de las atribuciones que les otorga el artículo 91 fracción II, del Código Electoral del Estado de Hidalgo, efectúo actividades tendientes a recabar de los Ayuntamientos correspondientes a su ámbito de competencia territorial, que lugares de uso común, mamparas o bastidores, estaban en posibilidades de poner a disposición de este Instituto Estatal Electoral, para que fueron asignados a los Partidos Políticos, Candidatos Independientes, o Coaliciones, para ser ocupados en colocar, colgar o fijar propaganda electoral, correspondiente a las elecciones que se desarrollaran en este proceso electoral. En este tenor, los lugares de uso común, serán repartidos y asignados en forma igualitaria y por sorteo entre los Partidos Políticos, Coaliciones y en su caso Candidatos Independientes registrados, en sesión que celebren los Consejos Municipales Electorales, el día treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis en las sedes de cada Consejo. Estos espacios son los siguientes:
- Municipios con espacios adecuados.
MUNICIPIO | ESPACIOS | FECHA DE LA MINUTA | OBSERVACIONES DERIVADAS DE LA VISITA DE VERIFICACIÓN |
Apan | 19 | 18/03/2016 | Después de la visita de verificación se pudo constatar que todos los espacios cumplen con lo requerido para ser usados por los partidos políticos. |
Jacala de Ledezma | 1 | 16/03/2016 | De los 3 espacios otorgados, únicamente uno cumple con lo necesario para ser puesto a disposición de los partidos políticos en uso de su propaganda. Y de este no es posible que se cubra para todas las elecciones. |
Tepeji del Río de Ocampo | 10 | 18/03/2016 | Todos los lugares proporcionados se apegan a lo reglamentado para el uso de propaganda política. |
Tizayuca | 28 | 17/03/2016 | De los 69 lugares, sólo 28 son aptos en la utilización de propaganda política. |
Tlahuelilpan | 1 | 17/03/2016 | El Consejo Municipal y los partidos políticos llegaron a un acuerdo en donde la barda sea dividida para uso de propaganda política. Y de este no es posible que se cubra para todas las elecciones. |
Tula de Allende | 9 | 17/03/2016 | De los 14 espacios proporcionados, solamente 9 pueden ser utilizados para propaganda electoral. |
Xochiatipan | 1 | 17/03/2016 | Después de la visita de verificación, llegaron al acuerdo que el espacio proporcionado puede ser utilizado por los partidos políticos; pero al momento de hacer una proyección de una posible división tan solo es viable fraccionarlo en 11 espacios. |
Yahualica | 1 | 17/03/2016 | De los 2 lugares asignados, en uno no hay impedimento para su uso en la propaganda política de los partidos. |
- Lectura y aprobación del proyecto de resolución que propuso la Presidencia al Pleno, respecto de la solicitud de registro de modificación al convenio de la Coalición “UNHIDALGO CON RUMBO”, para contender en la elección de Gobernadora o Gobernador del Estado, el cual presentaron los Partidos Políticos: Revolucionario Institucional; Verde Ecologista de México y Nueva Alianza. Al respecto se asentó que con fecha 23 de marzo del año que transcurre los Partidos Políticos antes mencionados presentaron ante la Secretaria Ejecutiva de este Órgano Colegiado, solicitud de registro de la modificación al convenio de la coalición denominada “UNHIDALGO CON RUMBO”, en donde se establece que los siguientes términos: El Partido Revolucionario Institucional aportará el equivalente al 100% del monto total que perciba por concepto de financiamiento para gastos de campaña para la elección de Gobernador del Estado, así como el 100% de la bonificación por actividad electoral, El Partido Verde Ecologista de México, aportará el equivalente al 100% del monto total que perciba por concepto de financiamiento para gastos de campaña para la elección de Gobernador del Estado y El Partido Nueva Alianza, aportará el equivalente al 100% del monto total que perciba por concepto de financiamiento para gastos de campaña para la elección de Gobernador del Estado.” En virtud de lo anterior y una vez realizado el estudio de la solicitud y documentos ingresados, se concede a los multicitados Partidos Políticos el registro de modificación al Convenio de la Coalición.
- Lectura y aprobación del proyecto de resolución que propuso la Presidencia al Pleno del Consejo, relativo a la solicitud de registro de Modificación al Convenio de Coalición Flexible denominada “UNHIDALGO CON RUMBO”, para contender en la elección de Diputadas y Diputados por el principio de mayoría relativa que presentan los Partidos Políticos: Revolucionario Institucional; Verde Ecologista de México y Nueva Alianza para postular a candidatos y candidatas a Diputados y Diputadas al H. Congreso del Estado de Hidalgo, en el proceso electoral local ordinario 2015-2016,a celebrarse el próximo 05 de junio de dos mil dieciséis, lo anterior en estricto apego a su orden interno.
En este contexto, y continuando el análisis de la solicitud de registro de modificación de convenio de coalición flexible materia de la presente resolución, se concede a los Partidos Políticos REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y NUEVA ALIANZA, el registro de la modificación del Convenio de la Coalición Flexible denominada “UNHIDALGO CON RUMBO”, para contender en la elección de Diputadas y Diputados por el Principio de Mayoría Relativa en el Estado de Hidalgo. De tal manera que para el cumplimiento de tales requisitos, advertimos en las clausula DÉCIMA del convenio de coalición flexible, el cumplimiento de tal obligación, al indicarse de manera textual que respecto de las fórmulas a Diputados Locales por el principio de mayoría relativa en los seis distrito uninominales materia del convenio de coalición flexible, el origen partidario de los candidatos queda de la siguiente manera:
DTTO. | CABECERA | PROPIETARIO | SUPLENTE |
IV | HUEJUTLA DE REYES | PVEM | PVEM |
VII | MIXQUIAHUALA DE JUÁREZ | NUEVA ALIANZA | NUEVA ALIANZA |
IX | METEPEC | NUEVA ALIANZA | NUEVA ALIANZA |
XI | TULANCINGO DE BRAVO | PVEM | PVEM |
XV | TEPEJI DEL RIO DE OCAMPO | NUEVA ALIANZAera PVEM | NUEVA ALIANZA |
XVII | MINERAL DE LA REFORMA
(VILLAS DEL ÁLAMO) |
NUEVA ALIANZAera PVEM |
NUEVA ALIANZA |
Cabe hacer mención que anteriormente los distritos XV y XVII estaban encabezados por el PVEM y ahora, los encabezara el Partido Nueva Alianza.
Los acuerdos antes mencionados fueron aprobados por unanimidad de votos de las y los integrantes del Consejo General del Instituto Estatal Electoral; mediante voto directo de las y los Consejeros Electorales.