Genera reforma turca pelea en parlamento
Ankara, Turquía, 12 de enero de 2017.- La tensión política por la reforma constitucional en Turquía estalló en un duro enfrentamiento físico entre diputados gubernamentales y opositores en el Parlamento.
Este jueves se debatieron los artículos de la enmienda que dan al Jefe del Estado, Recep Tayyip Erdogan, mucho más poder.
Si ayer ya se produjo una pelea, hoy puños, vasos, macetas e incluso sillas volaron de nuevo en la Asamblea Nacional durante la votación del quinto de los 18 artículos de la reforma.
El choque empezó cuando diputados del principal partido de la Oposición, el socialdemócrata CHP, filmaron como los legisladores del gubernamental AKP (islamista) votaban de forma pública, pese a que la Constitución establece que el voto debe ser secreto en este tipo de procesos.
Tanto el CHP como el prokurdo e izquierdista HDP afirman que los diputados islamistas votan de forma abierta para demostrar su lealtad a Erdogan, actual Presidente y fundador y líder de facto del AKP.
La pelea fue una de las más fuertes de la historia de la democracia turca: se rompió el mostrador donde los diputados llevan a cabo sus discursos.
Varios diputados resultaron heridos en la trifulca, entre ellos uno del AKP que sufrió una rotura de nariz.
El Parlamento ya ha aprobado cinco artículos de la reforma y cada uno de ellos necesita un mínimo de 330 apoyos, de los 550 diputados.
Posteriormente, se votará de nuevo toda la reforma en conjunto.
Con esa mayoría de 330 diputados, la reforma no podrá entrar en vigor directamente, sino que será precisa la ratificación por referendo popular.
Anoche se aprobaron el tercer artículo, que reduce la edad para ser elegido diputado de 25 a 18 años, y el cuarto, que eleva de cuatro a cinco años la duración de los mandatos presidenciales y de las legislaturas.
Los dos procesos electorales se celebrarán ahora al mismo tiempo.
También salió adelante ya el punto que enumera los deberes y poderes del Parlamento.
Los medios turcos indican que la jornada de hoy se podría poner aún más tensa, ya que se tratarán los artículos relacionados con los poderes del Presidente.
El artículo 8 permite al Mandatario ser miembro e incluso dirigir un partido político, mientras que el 9 le faculta para gobernar mediante decretos.
El artículo 12 le da autoridad para disolver el Parlamento y convocar elecciones, mientras que el 17 le autoriza a designar la mayor parte de los jueces de los altos tribunales y del órgano que nombra a jueces y fiscales.
Con información de Agencias