Federación impide construcción de viaducto elevado en Zacatecas
Zacatecas, Zac., 22 de agosto del 2024.- El gobierno federal impedirá “precautoriamente” el arranque de la construcción del viaducto elevado, que en un tramo de 3.4 kilómetros del bulevar Adolfo López Mateos de la ciudad de Zacatecas, anunció desde principios de año que construirá el gobernador David Monreal Ávila, obra que costaría al erario 3 mil 650 millones de pesos. Con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), esta semana, del decreto para iniciar el procedimiento para declarar “Zona de Monumentos Históricos”, una superficie de 105 hectáreas del centro histórico de la capital de Zacatecas, la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), suspenderán el polémico viaducto elevado –cuestionado por cámaras de profesionistas, ingenieros, arquitectos, investigadores y académicos de la UAZ-, por su elevado costo y no ser una obra socialmente prioritaria.
De acuerdo con el resumen del decreto publicado en el DOF -el pasado 20 de agosto-, plantea que Diego Prieto Hernández, director general del INAH, emitió la orden “por la que se da inicio al procedimiento para la emisión de la Declaratoria como Zona de Monumentos Históricos” al centro histórico de la capital zacatecana, con base en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. De acuerdo con el INAH, “las características específicas de la Zona de Monumentos Históricos materia de este Decreto, así como la relación de espacios, estructura y entorno urbano, y su tipología arquitectónica, tal como hoy se conserva, son elocuente testimonio de excepcional valor para la historia social, política y artística de México”.
También se expone que el INAH, ubica la Zona de Monumentos Históricos a declarar, “está conformada por 169 manzanas, en donde se ubican 827 edificaciones y elementos urbanos con valor histórico, construidos entre los siglos XVI y XIX, inmuebles que conservan las características arquitectónicas propias de la región e importadas”. Estos inmuebles, se indica “en conjunto, otorgan especial relevancia para la imagen urbana y su entorno inmediato, cuya ubicación y número de Ficha Nacional de Catálogo de Monumentos Históricos Inmuebles, puede ser consultado”, en la plataforma virtual del INAH.
“La ciudad alberga, hasta nuestros días, inmuebles edificados por las diferentes órdenes religiosas que se asentaron en ella y que son muestra de la arquitectura de los siglos XVI al XIX y ejemplos clave del barroco y del neoclásico mexicano”. Por lo anterior, plantea el INAH en el decreto, “es de utilidad pública la investigación, protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos históricos y las zonas de monumentos que integran el patrimonio cultural de la nación mexicana, por lo que se debe preservar el legado que existe en la ciudad de Zacatecas”.
Además, se expone, con estos antecedentes patrimoniales, previamente el INAH, realizó la integración del expediente, “con las documentales que justifican el valor histórico de la ciudad de Zacatecas, así como la información técnica de dicha zona y el plano que contiene la poligonal de la zona a declarar como Zona de Monumentos Históricos”. Y en apego a la Ley señalada, se advierte, “para preservar y conservar el bien del que se trate, el Presidente de la República por conducto del titular del INAH, podrá dictar medidas precautorias que serán aplicables durante la tramitación del procedimiento de declaratoria como Zona de Monumentos Históricos”, es decir, mientras dure el procedimiento, no podrá construirse o modificarse lo que se encuentra dentro del polígono.
Eso impediría, la construcción de un viaducto elevado de concreto armado, sobre un tramo del bulevar Adolfo López Mateos, justo en lo que la UNESCO consideró, desde 1993, como “zona de amortiguamiento”, del centro histórico de Zacatecas, en la declaratoria a la ciudad como Patrimonio Cultural de la Humanidad, por parte del organismo internacional. Asimismo, el decreto estipula como “medida precautoria”, que: “A fin de preservar y conservar la zona histórica de la ciudad de Zacatecas, se establece como medida precautoria la prohibición para realizar la colocación de cualquier anuncio, aviso, carteles; cocheras, sitios de vehículos, expendios de gasolina o lubricantes; postes e hilos telegráficos y telefónicos, transformadores y conductores de energía eléctrica, e instalaciones de alumbrados”.
Tampoco podrán erigirse “kioscos, templetes, puestos o cualesquiera otras construcciones permanentes o provisionales, construcciones u obras en los monumentos históricos, colindantes y demás ubicados dentro de la zona a declarar, sin contar con la autorización previa del Instituto Nacional de Antropología e Historia”.
con información de https://www.jornada.com.mx/