EL TEPJF ordena al INE resolver quejas relacionadas con gastos de campaña de comicios del 7 de junio
08 de agosto 2015.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE), resolver dentro de los cinco días posteriores a la notificación de la sentencia, las quejas relacionadas con el supuesto rebase de tope de gastos de campañas electorales de los entonces candidatos a cargos de elección federal o local, presentadas con anterioridad a la aprobación del dictamen consolidado.
En sesión pública, el Pleno revocó los dictámenes consolidados de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos a los cargos de diputados federales, gobernadores, diputados locales e integrantes de los ayuntamientos, correspondientes al proceso electoral federal 2014-2015, presentados por los partidos políticos, coaliciones y candidatos independientes.
Por unanimidad, los integrantes del Pleno consideraron que la autoridad administrativa debió resolver primero las quejas relacionadas con los gastos de campaña antes de emitir el referido dictamen.
Ante ello, determinó que el Consejo General del INE tiene el deber jurídico de garantizar el acceso efectivo a la justicia y atender las quejas relacionadas con los dictámenes consolidados correspondientes a los procedimientos electorales 2014-2015, federal y los locales de Baja California Sur, Campeche, Colima, Distrito Federal, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tabasco, Sonora y Yucatán.
Al resolver 107 recursos de apelación promovidos para controvertir los respectivos dictámenes consolidados, la Sala Superior también revocó las resoluciones atinentes a los egresos de las campañas de los procesos electorales, federal y locales, concurrentes que se desarrollan en 2014-2015, por diversas causales, y determinaron que debe privilegiarse la resolución pronta y expedita de los procedimientos sancionadores que estén relacionados con los comicios.
Asimismo, el magistrado manifestó que esta resolución es una nueva oportunidad en el Derecho Procesal Electoral para dar certeza, no sólo a los justiciables, sino también a la sociedad y a la población. Señaló que los partidos políticos deben ajustarse a la normativa aplicable en beneficio del sistema democrático nacional, de ahí que están obligados a rendir cuentas ante la ciudadanía de los recursos que lícitamente han recibido del Estado, así como de los particulares, entre los cuales se encuentran sus militantes y simpatizantes.