Política

El DOF publicó decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritara para el año 2025

  • Las zonas rurales son mil 345 municipios en 32 entidades federativas
  • Prevé 43 mil 111 AGEBS urbanas en 4 mil 530 localidades urbanas de 2 mil 376 municipios

Ciudad de México, 26 de diciembre del 2024.- El Diario Oficial de la Federación publicó en su edición vespertina del martes 24 de diciembre el decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2025.

El pasado 11 de diciembre la Cámara de Diputados formuló la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para 2025, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 29 y 30 de la Ley General de Desarrollo Social y 29 de su Reglamento.

Ello, con base en los Criterios Generales para la Determinación de las Zonas de Atención Prioritaria 2025, emitidos por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, así como en los resultados de los estudios de medición de la pobreza y los indicadores asociados.

» LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN CUMPLIMIENTO DE LOS ARTÍCULOS 29 Y 30 DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, D E C L A R A:

Primero.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria 2025 con base en los Criterios Generales para la Determinación de las Zonas de Atención Prioritaria 2025, emitidos por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, así como en los resultados de los estudios de medición de la pobreza y los indicadores asociados.

  1. Zonas de Atención Prioritaria Rurales (Anexo A): 1,345 municipios que se encuentran en 32 entidades federativas y que cumplen con alguna de las siguientes condiciones: son de muy alta o alta marginación, o tienen muy alto o alto grado de rezago social, o el porcentaje de personas en pobreza extrema es mayor o igual al 50%, o son municipios indígenas o afromexicanos, o de alto nivel delictivo, o el porcentaje de la población con grado de accesibilidad a carretera pavimentada bajo o muy bajo es mayor o igual al 50% y son municipios no urbanos.
  2. Zonas de Atención Prioritaria Urbanas (Anexo B): 43,111Áreas Geoestadísticas Básicas (AGEBS) urbanas en 4,530 localidades urbanas de 2,376 municipios y que cumplen las siguientes condiciones: AGEBS urbanas con muy alto o alto grado de marginación, o muy alto o alto grado de rezago social, o porcentaje de personas en condición de pobreza mayor al 34%, o AGEBS urbanas ubicadas en municipios considerados como Zonas de Atención Prioritaria Rurales .

Segundo.- Publíquese la presente Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación, junto con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025.

En Hidalgo los municipios se incluyen en estas zonas prioritarias.

Acaxotitlan, Actoapn, Atlapexco, Calnali, El Cardonal, Cuautepec de Hinojosa, Chilcuautla, Epazoyucan, Huasca de Ocampo, Huautla, Huazalingo, Huehuetla, Huejutla, Huichapan, Ixmiquilpan, Jaltocán, Lolotla, La Misión, Mixquiahuala, Nicolás Flores, San Felipe Orizatlán, Pacula, Pisaflores, Progreso, San Bartolo Tutotepec, Santiago de Anaya, Tasquillo, Tenango de doria, Tepeapulco, Tepehuacán de Guerrero, Tepeji del Río, Tianguistengo, Tlahuelilpan, Tlahuiltepa, Tlanchinol, Tula, Tulanfcingo, Xochiatipan Yahualica y Zempoala.

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