Economia

Da Sener marcha atrás a política de confiabilidad

México, 03 de marzo del 2021.- Sener tuvo que dar marcha atrás a su política de confiabilidad que buscaba limitar la incorporación de energía renovable de privados y privilegiar la energía de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

De acuerdo con la sentencia definitiva emitida por el Juzgado Segundo de Distrito en materia administrativa especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, se dejó sin efectos generales a la Política de la Sener que se publicó el 15 de mayo de 2020.

La resolución fue emitida el pasado 21 de diciembre y se establecen las medidas para asegurar su cumplimiento.

En principio, la publicación en el DOF de un nuevo acuerdo donde que invalida la política de confiabilidad y el aviso a los participantes de mercado eléctrico mayorista y al público en general sobre que el acto queda insubsistente y queda en vigor la regulación previa a la emisión de la Política.

«ACUERDO por el que se deja insubsistente el Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, publicado en el DOF el quince de mayo de dos mil veinte», refiere el documento que será publicado por la Sener en el Diario y que entrará en vigor al siguiente día de su publicación.

Dicha Política ya también fue declarada como inconstitucional en algunas de sus disposiciones por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), tras la controversia constitucional presentada por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

Asimismo, se presenta luego de que el poder legislativo aprobara la reforma a la ley eléctrica, en la que también se busca fortalecer a la CFE, eliminando la competencia con privados, y que es parte de lo declarado como inconstitucional por la Corte.

Suspenden acuerdo de importación de Sener

Mediante una publicación hecha en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las Secretarías de Energía (Sener) y Economía (SE) suspendieron a partir de este miércoles el acuerdo por el que se endurecen los requisitos para la importación y exportación de petrolíferos e hidrocarburos.

Esto en tanto el Poder Judicial dicte una resolución con respecto al juicio de amparo 16/2021 promovido el pasado 22 de febrero, por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones contra esta normatividad.

«El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el DOF y estará vigente hasta en tanto cause ejecutoria la resolución que se dicte en el juicio de amparo 16/2021, conforme a lo previsto en los artículos 136 y 147 párrafo segundo de la Ley de Amparo; o bien, hasta que la situación jurídica respecto del instrumento normativo en cuestión se modifique y deje de surtir efectos la medida cautelar que se publicita», refiere el documento publicado hoy en el DOF.

Con esta disposición, quedan suspendidos los efectos del acuerdo publicado en diciembre pasado por ambas dependencias, de manera que seguirá vigente el acuerdo previo publicado el 29 de diciembre de 2014.

A raíz de la publicación del acuerdo, en diciembre pasado, empresas privadas comenzaron a interponer juicios de amparo en contra de la nueva regulación, como fue el caso de la empresa Desarrollos Amboise.

El nuevo acuerdo de Sener pretendía modificar los plazos máximos para la obtención de permisos, eliminando los de 20 años a únicamente cinco años.

Con información de: https://www.reforma.com/
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