‘Congelada’ en senado, iniciativa antifuero
23 de febrero de 2016.- Las modificaciones constitucionales que permitirían someter a legisladores federales y a otros funcionarios de pedigrí a procesos penales, cumplirán el próximo 28 de febrero tres años de estar congeladas. La Cámara de Diputados aprobó dicha reforma al esquema de fuero o inmunidad en 2013 —sin aval a la pérdida del fuero presidencial—, pero fue sometida al procedimiento de hipotermia por los senadores y sigue a la espera de llegar al pleno del Congreso.
El debate sobre la conveniencia de mantener, eliminar o modificar el esquema actual de protección a los parlamentarios ante acusaciones, procesos penales y órdenes de arresto, creció al incrementarse también los señalamientos de vínculos de funcionarios y representantes populares con organizaciones o personajes criminales, como fue el caso del ex diputado federal Julio César Godoy Toscano (PRD), acusado de tener vínculos con el crimen organizado, en particular con Servando Gómez Martínez, La Tuta, o más recientemente, el señalamiento de la chapodiputada de Sinaloa, Lucero Sánchez López (PAN) y su presunto vínculo con Joaquín El Chapo Guzmán. La situación ha propiciado una atmósfera de incertidumbre y sospecha.
Entre 2004 y 2011 se presentaron al menos ocho iniciativas para modificar los artículos 61 —que garantiza la inmunidad de opinión de los legisladores— y 111 constitucionales, para cambiar el modelo vigente del fuero constitucional. En contraste, de acuerdo con una revisión realizada por EL UNIVERSAL, en 11 de 21 países elegidos se puede enjuiciar y encarcelar a legisladores infractores si son sorprendidos in fraganti, es decir, en el momento de cometer el delito o de realizar una acción censurable.
Una, dos, tres…
En 2004 hubo tres propuestas: una del entonces diputado priísta, Miguel Ángel Yunes; otra de su correligionario Donato de las Fuentes, y una más del Congreso de Veracruz. Al año siguiente presentó la suya, en San Lázaro, el panista José Sigona Torres.
Entonces llegó el tema al Senado. La primera iniciativa fue del senador perredista Pablo Gómez Álvarez, presentada en 2007. Finalmente, en enero de 2010, los senadores panistas Guillermo Tamborrel, Sebastián Calderón y Javier Corral presentaron su propuesta.
De ella se derivó el dictamen aprobado por la Cámara Alta y enviado a San Lázaro en diciembre de 2011. Al inicio del sexenio, en diciembre de 2012, se firmó el Pacto por México, un acuerdo para impulsar reformas constitucionales en el que participaron el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, y los representantes de los siguientes partidos: PAN, PRI, PRD, y al que se sumó PVEM en 2013.
En ese contexto, en febrero de 2013 el dictamen regresó aprobado al Senado, donde entró a la congeladora. Esencialmente, la reforma congelada permitiría que los congresistas sean susceptibles de ser procesados penalmente, pero no podrían ser aprehendidos sino en caso de una sentencia condenatoria “incompatible con el ejercicio del cargo”, es decir, cuando determine prisión. En ese supuesto, el juez notificaría a la cámara a la que perteneciese el legislador procesado, para que la asamblea lo separase del cargo.
Hasta ahora, de acuerdo con el artículo 111 constitucional, es imposible procesar a un congresista federal o a los demás funcionarios protegidos por el fuero —magistrados de la corte, consejeros electorales, procurador y secretarios de gabinete— sin la declaración de procedencia de la Cámara de Diputados, por votación de 50% más uno de sus miembros.
En los 99 años del régimen constitucional vigente, a cinco legisladores federales les ha sido retirado el fuero constitucional para que pudiesen ser aprehendidos y sometidos a proceso judicial: En 1945, a Carlos Madrazo Becerra, Sacramento Joffre y Pedro Téllez Vargas (1945) del PRM; al priísta Jorge Díaz Serrano (1983), y al perredista Julio César Godoy (2010). Salvo el último de ellos, los demás casos presentan indicios de ser motivados por intereses distintos a los de la justicia.
Inmunidad legislativa en el mundo
El fuero o inmunidad parlamentaria es inherente a todas las asambleas nacionales. De acuerdo con la consulta de 21 constituciones nacionales efectuada por EL UNIVERSAL, 16 países americanos y cinco democracias europeas, la inmunidad pretende esencialmente proteger a los legisladores por las opiniones que emiten durante el ejercicio del cargo.
Frente a procesos penales y arrestos, hay distintos grados de protección y diferencias de procedimiento en los casos en que se requieren autorizaciones de los órganos legislativos. Por ejemplo, los parlamentarios ingleses sí pueden ser acusados, procesados y encarcelados, salvo por delitos civiles —querellas, divorcios, faltas administrativas, etcétera—. El mismo modelo opera en Canadá. Mientras que los parlamentarios italianos pueden ser acusados y procesados por cualquier delito, pero no pisarán la cárcel sin previo fallo de su cámara. En el caso francés, una autorización semejante es indispensable para acusar, procesar o aprehender a los asambleístas, caso semejante al de España y Alemania.
En cambio, es imposible someter a tales situaciones a cualquier congresista estadounidense, con la excepción de traición, perturbación al orden público y delitos graves, principalmente terrorismo, narcotráfico, incendio, asesinato, violación, secuestro y robo.
En Colombia, donde el narcotraficante Pablo Escobar llegó a diputado nacional por la provincia de Antioquía, los legisladores sólo pueden ser acusados y procesados ante la Corte Suprema, facultada para encarcelarlos. Y en Brasil se requiere aprobación de la cámara a la que pertenezca el infractor, para cada uno de los pasos.
En 11 de los 21 países revisados existe la excepción de flagrancia, que deja fuera, en la mayoría de los casos, los trámites de procedencia. Con algunos matices entre países, si el legislador comete un delito y es sorprendido en el acto o comisión del mismo, es decir, in fraganti, o bien, si existen elementos probatorios —por ejemplo, documentos— que equivalgan a la flagrancia, entonces no es necesaria autorización de ningún órgano legislativo para procesarlos.
Operación fuero
Julio César Godoy Toscano tomó protesta como diputado a la 61 Legislatura federal el 23 de septiembre de 2010. Tenía 45 años de edad, pero imagen de cierto garbo juvenil. Decía ocuparse como abogado y ya había sido alcalde de Lázaro Cárdenas, Michoacán, donde poseía gasolineras, centros de préstamos populares, inmuebles y ganado, además de cuentas bancarias con movimientos de hasta 25 millones de pesos anuales.
Según la Procuraduría General de la República (PGR) ocupaba un sitio relevante en la jerarquía de La Familia Michoacana, que devendría Caballeros Templarios, clan delictivo al que se atribuye la mayor parte de los más de 4 mil asesinatos cometidos entre 2006 y 2013 en Michoacán.
La organización criminal, que rutinariamente enlutaba hogares y arrebataba patrimonios familiares forjados a veces en varias generaciones, tenía ganancias —según estimaciones oficiales de 2013— de más de 970 millones de pesos anuales, provenientes del tráfico de drogas y armas, secuestros y extorsiones.
La extinta Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y la PGR acusaban a Godoy Toscano de blanquear parte de ese dinero, de la orden de asesinar a 12 policías federales y de dar “protección institucional” a su compadre, el cabecilla templario Servando Gómez Martínez, La Tuta. El 5 de julio de 2009, Julio César fue electo diputado federal. Su hermano y correligionario, el entonces gobernador perredista de Michoacán, Leonel Godoy, había auspiciado su nominación. Las autoridades federales oficializaron las acusaciones y declararon formalmente prófugo al diputado electo. Para el 21 de septiembre Godoy Toscano obtuvo de un juez una suspensión de la orden de arresto girada en su contra. Finalmente fue desaforado en diciembre siguiente, pero ya no pudo encontrarlo ni la Interpol.
Armadura vulnerable
Hace varios sexenios, José López Portillo erigió en su gobierno (1976-1982) un espejismo de abundancia para México, con base en el incremento de los precios internacionales del petróleo. Una mano experta condujo entonces a Petróleos Mexicanos (Pemex) y al país al cuarto lugar mundial de productores del hidrocarburo: Jorge Díaz Serrano, director de la paraestatal (1976-1981). Su experiencia en el sector energético desde el ámbito privado cubría el perfil técnico deseado por el Presidente. Pronto, a la pericia se sumó la fortuna: El boom petrolero hizo de Díaz Serrano un serio precandidato presidencial. Pero esa condición se desplomó junto con el precio del crudo a mediados de 1981. Pasó de héroe a villano. Fue removido de Pemex y enviado a la legación mexicana en Moscú, Rusia. Volvió al año siguiente para ser electo senador.
Al iniciar la gestión presidencial de Miguel de la Madrid, la diputación priísta reglamentó el procedimiento de desafuero —Diario Oficial de la Federación, 31/12/1982—.
Seis meses más tarde, el Poder Ejecutivo acusó a Díaz Serrano de haber comprado con sobreprecio dos buques tanques en Pemex, y solicitó su desafuero. En su defensa, dijo en tribuna, durante la sesión del Jurado de Procedencia —Diario de Debates de la Cámara de Diputados, 30/7/1983—, que la acusación violaba el principio de no retroactividad de la ley y la reglamentación misma, que aludía específicamente a delitos cometidos “en el ejercicio del cargo”. “En cualquier momento podrían ustedes ser privados de la armadura de la inmunidad y quedar sujetos a la persecución penal…”. Díaz Serano fue desaforado. Pasó 5 años en prisión. No se comprobaron los cargos.
Esteban David Rodríguez | El Universal