Conciliación laboral, en los plazos correspondientes
- Cada conflicto laboral cuenta con períodos establecidos para solicitar la intervención de las autoridades
- El CCLEH ayudará a reducir los tiempos de solución de conflictos, con ayuda de la ciudadanía
Pachuca, Hgo., 16 de agosto del 2021.- Existen plazos específicos para solicitar el Proceso de Conciliación Prejudicial, dependiendo del conflicto laboral que exista entre un trabajador y su patrón, así lo explicó la Secretaria del Trabajo, María de los Ángeles Eguiluz Tapia, quien dio a conocer algunos de dichos términos de cara al inicio de operaciones del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo.
Debido al desconocimiento respecto a los plazos que existe para ejercer los derechos laborales, en algunos casos las demandas hechas por la población trabajadora pudieran no trascender, así como los mecanismos de solución a los mismos, por lo anterior, la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo, detalló dichos tiempos.
En lo que se refiere a despidos, se tendrá un lapso de hasta dos meses a partir de la fecha de la cesantía para solicitar la conciliación ante el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo, posterior a ese tiempo ya no es viable poder ejercer esta acción el CCLEH conocerá de estos asuntos una vez que inicie funciones a partir del próximo 1 de octubre.
Cuando el conflicto es para solicitar el pago de prestaciones como: vacaciones, prima vacacional, pago de aguinaldo, reparto de utilidades e incluso el pago de finiquito tras la renuncia voluntaria del trabajador, el periodo es de hasta un año a partir de la fecha en que se omitió el pago en cuestión, en caso del finiquito, a partir de la salida del trabajador.
Para aquellos casos en donde se rescinda la relación laboral por alguna acción cometida por el patrón, se deberá solicitar la conciliación en el primer mes desde que ocurra el comportamiento o acción de parte del patrón, que motive la rescisión; de ahí la importancia de tener conocimiento de estos plazos para actuar con prontitud.
Asimismo, para ejercer el derecho de preferencia que es el que tiene todo trabajador para ser considerados a ocupar puestos vacantes o de nueva creación con respecto a otras personas, se tienen dos meses como límite; mientras que para solicitar derechos de antigüedad y ascenso el periodo es hasta por un año.
La secretaria Eguiluz Tapia destacó que el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo ayudará a reducir los tiempos de solución de conflictos laborales, como es el interés del gobernador Omar Fayad Meneses, para lo cual es importante la participación ciudadana actuando con conocimiento de sus derechos.