Cofece absuelve multas a subsidiaria de Pemex
Ciudad de México, 24 de octubre de 2016.- Después de que Pemex Transformación Industrial (TRI) fuera denunciada por no dar las mismas condiciones de suministro y venta de primera mano de diésel marino especial a distribuidores de este combustible, el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica, determinó otorgarle el beneficio de la dispensa de multas, después de una serie de compromisos que la petrolera realizó para evitar las acciones denunciadas.
La Cofece informó que antes de que la autoridad investigadora emitiera el dictamen de probable responsabilidad, la empresa solicitó el beneficio de dispensa que otorga la nueva Ley Federal de Competencia Económica a quienes son sujetos de un procedimiento indagatorio por una práctica monopólica relativa, siempre y cuando, acrediten que los compromisos suspenden, corrigen, suprimen o dejan sin efecto la práctica monopólica relativa objeto de la investigación.
«Se consideró que los compromisos propuestos por éste, son idóneos y económicamente viables para proteger el proceso de competencia y libre concurrencia en el mercado de comercialización y distribución de diésel marino especial», informó este lunes la Comisión.
Cabe señalar que para otorgar a Pemex TRI el beneficio de dispensa solicitado, el Pleno de la Cofece determinó aceptar, con ajustes adicionales, los compromisos planteados por la empresa productiva del Estado. Todo esto motivó el cierre anticipado del expediente donde se investigaba a la petrolera.
A pesar de esto, Pemex TRI deberá cumplir con una serie de elementos para disminuir la posibilidad de que lleve a cabo algún acto que pueda interpretarse como una práctica discriminatoria y transparentar los distintos beneficios que la empresa otorga en la venta de primera mano de sus petrolíferos.
Por ejemplo, no deberá otorgar beneficios en forma discrecional a los distintos compradores de sus petrolíferos. Para ello, publicará en su portal comercial los beneficios que otorgue a cualquier agente económico en la venta de primera mano de cualquier petrolífero, así como los requisitos para acceder a ellos y las causas para negarlos o revocarlos.
La subsidiaria no suspenderá a los usuarios contractuales la venta de primera mano o comercialización de petrolíferos deforma discrecional.
En el mismo sentido, tendrá que contratar servicios de un auditor externo para que presente a la Comisión un informe en el que refiera las condiciones en las que Pemex TRI otorga los beneficios que ofrece en materia de venta de primera mano y comercialización de petrolíferos.
También actualizará los contratos de venta de primera mano de los diversos combustibles para especificar, de forma clara y detallada, los beneficios que puede tener un adquiriente de petrolíferos, así como los requisitos y plazos para su otorgamiento.
Pemex TRI comunicará semestralmente a la Cofece datos relacionados con la venta de primera mano y comercialización de los petrolíferos señalados, y publicitará los compromisos enlistados.
Estas medidas, además de aplicarse a la venta de primera mano de diésel marino especial, también se extenderán algas licuado de petróleo, gasolinas, turbosina, diésel, intermediate fuel oil y combustóleo.
En caso de incumplimiento, Pemex TRI podrá hacerse acreedor a una multa hasta por el equivalente al 8 por ciento de sus ingresos.
Con información de: http://www.elfinanciero.com.mx/