Avalan prisión preventiva oficiosa para “factureras”
Ciudad de México, 14 de agosto del 2024.- Los cambios efectuados se dieron bajo el argumento de que el contexto delictivo en el paías lo hace necesario, pero con la promesa de que en un futuro será modificada. Sin el apoyo de la oposición, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados avaló otras dos reformas constitucional del llamado “Plan C” del presidente Andrés Manuel López Obrador; en esta ocasión se avanzó para ampliar el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa, además de que se prohibió la venta y uso de vapeadores y la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas como el fentanilo. Con 26 votos a favor, 14 en contra, la mayoría encabezada por Morena y sus aliados votaron por modificar el artículo 19 de la Constitución para ampliar el catálogo de los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, por lo que ilícitos como la extorsión; narcomenudeo y producción, distribución y enajenación ilícita de drogas sintéticas, como el fentanilo; delitos de defraudación fiscal y la emisión ilícita de comprobantes para combatir a las llamadas “factureras”, se encaminan a ser parte de esta medida cautelar.
Cabe señalar que desde hace más de un año, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, declaró que el Estado mexicano viola los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial al aplicar medidas como el arraigo y la prisión preventiva oficiosa, por lo que llamó a nuestro país a modificar los ordenamientos legales para eliminar dichas medidas cautelares. No obstante, las y los diputados de esta comisión no sólo no eliminan esta medida, sino que la ampliaron bajo el argumento de que el contexto delictivo lo hace necesario, pero con la promesa de que en un futuro será modificada. Asimismo, esta comisión aprobó una reserva que señala que “para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial”.
Durante la discusión, el diputado Marco Antonio Mendoza Bustamante (PRI) recordó que datos oficiales indican que en 2023 había 38,000 personas encarceladas sin sentencia y se estima que 20% de los detenidos son inocentes. En tanto, el diputado Ismael Brito Mazariegos (Morena) sostuvo que en el país existe una extendida práctica de evasión fiscal; por ello, dijo, es importante aprobar esta reforma porque con ello se va a impulsar el desarrollo y tapar “los hoyos derivados de las lagunas en las leyes”. Por su parte, el diputado Óscar Cantón Zetina (Morena) subrayó que la extorsión es una realidad y por más esfuerzos institucionales que se hagan, no se logra contener; además, la delincuencia evoluciona y encuentra nuevas conductas y por ello se debe actuar con esta reforma que va en beneficio de la población. Afirmó que es bienvenido en todo momento el principio de defensa de los derechos humanos, pero no se debe olvidar la realidad que hay en la calle. Vapeadores y fentanilo Por otro lado, con 34 votos a favor y dos en contra, la Comisión de Puntos Constitucionales también avanzó por prohibir la producción y venta de vapeadores y cigarros electrónicos, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas legalmente, como el uso ilícito del fentanilo.
Al reformar los artículos 4 y 5 de la Constitución en materia de protección de la salud por uso de sustancias tóxicas, y a propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, las y los diputados se posicionaron por prohibir la producción, distribución y enajenación de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos. Así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas legalmente, como el uso ilícito del fentanilo. Lo anterior, al argumentar que se debe garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, al tiempo que se ha disparado el uso de estos dispositivos electrónicos para consumir nicotina en adolescentes. Pese a que la oposición reconoció los riesgos que implica el uso de estos dispositivos, criticaron que esta prohibición se haya plasmando a nivel constitucional, y no en leyes reglamentarias como se propuso en un inicio.
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