Avala INE lineamientos de Padrón para elecciones 2016
CIUDAD DE MÉXICO (28/ENE/2016).- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó, en sesión extraordinaria, los lineamientos a través de los cuales se definen los plazos, términos y condiciones para el uso y entrega del Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores para los procesos electorales 2015-2016.
El proyecto de acuerdo establece que el Padrón Electoral no incluirá el domicilio de los ciudadanos, disposición específica que fue aprobada por seis votos a favor y los votos en contra de las Consejeras Adriana Favela y Beatriz Galindo, así como los Consejeros Enrique Andrade, Marco Baños y José Roberto Ruiz.
El Consejero Enrique Andrade, Presidente de la Comisión del Registro Federal de Electores, mencionó que la aprobación de estos lineamientos es fundamental para contar con los mecanismos y procedimientos adecuados para que los partidos políticos efectúen la revisión de las listas nominales.
Agregó que con las disposiciones aprobadas el INE continuará con el apoyo y la coordinación con los Organismos Públicos Locales (OPLES), en aquellas entidades federativas con procesos electorales en el período 2015-2016.
Durante el análisis de este punto, el Consejero Benito Nacif resaltó que los partidos políticos tienen acceso permanente al Padrón Electoral, independientemente de esta disposición.
«El acceso está garantizado en los centros de cómputo que se han puesto a disposición de los partidos políticos y sus representantes ante la Comisión Nacional de Vigilancia donde pueden consultarlos, hacer los estudios, cruces y trabajos necesarios para, después, elaborar sus observaciones», afirmó.
Asimismo, agregó el Consejero Nacif, que con esta disposición el INE da un paso adelante en la adecuación de sus prácticas al nuevo marco constitucional respecto a los derechos de la ciudadanía y la protección de datos personales.
Posteriormente, fue aprobado el Catálogo de Cargos y Puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) a través del cual se definen los órganos y áreas del Instituto y de los OPLES que tendrán adscritos cargos o puestos del Servicio.