Hidalgo

Aprueba Congreso de Hidalgo profesionalizar a encargados de movilidad en ayuntamientos.

  • Avalan perfil profesional de la persona encargada del rubro, así como la obligatoriedad de participar en el Sistema para la Profesionalización del Servicio Público Municipal.
  • Responsable del área de atención a la movilidad en Municipios contará con título profesional en Arquitectura Urbana, Ingeniería, Urbanismo o alguna carrera o profesión similar.

Pachuca, Hgo., 23 de abril del 2019.- El Congreso del Estado de Hidalgo aprobó, con 30 votos a favor, reformar la Ley Orgánica Municipal de la entidad, por lo que se incorpora al ámbito de competencia de los Ayuntamientos, las disposiciones que en materia de Movilidad le confiere el artículo 16 de la Ley de Movilidad y Transporte, para determinar y establecer el perfil profesional de la persona encargada del rubro en las alcaldías, así como la obligatoriedad de participar en el Sistema para la Profesionalización del Servicio Público Municipal.

Por ello, se avaló por unanimidad que los Ayuntamientos, por conducto de su Presidente Municipal o de las dependencias municipales de obras públicas, planeación, urbanismo y movilidad, ejercerán las funciones relativas a la planeación, urbanización y movilidad de los centros y zonas destinados a los asentamientos humanos de su jurisdicción, con las atribuciones que les asignen las leyes Federales y Estatales en la materia y demás disposiciones legales aplicables.

Asimismo, el responsable del área de atención a la movilidad por parte de los ayuntamientos, además de los requisitos para ocupar cargos públicos dentro de la estructura de los municipios, deberá contar con título profesional en el ramo de Arquitectura Urbana, Ingeniería, Urbanismo o alguna carrera o profesión similar relacionada con la materia y/o contar con experiencia mínima de un año, al momento de su designación.

También, los servidores públicos municipales que se desempeñen como titulares de la Secretaría General Municipal, la Tesorería Municipal, la Contraloría, la Oficialía del Registro del Estado Familiar, la Unidad de Protección Civil, la Dirección de Ecología y Medio Ambiente, el área de Obras Públicas, el área de Planeación Municipal o su equivalente, la Instancia Municipal para el Desarrollo de las Mujeres y el responsable Municipal de Movilidad, están obligados a participar en el Sistema para la Profesionalización del Servicio Público Municipal que instrumente el Ejecutivo del Estado por conducto de la dependencia o entidad competente.

Además, se deberá contar con una certificación de competencia laboral expedida por una institución reconocida en el Sistema Nacional de Competencias durante el primer año de su gestión; en caso de incumplir esta disposición serán removidos de su cargo.

Cabe señalar que, para hacer efectiva la implementación de acciones y políticas públicas visualizadas en la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo, es necesario que las personas titulares de las dependencias municipales encargadas de esta materia, posean el perfil y competencia necesaria para el desempeño de sus funciones.

En este orden de ideas, de conformidad con el Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegacionales 2017 del INEGI, 35% de las 2080 personas contratadas como titulares de dependencias de la administración pública municipal centralizada y descentralizada en el Estado de Hidalgo, ejercen sus funciones sin contar con estudios en una institución de educación superior.

El texto señala que aun cuando las personas titulares de las dependencias de la administración pública municipal posean un título universitario, su perfil profesional no siempre garantiza que tengan los conocimientos especializados para el desempeño de una función pública municipal, por lo que necesariamente se debe contar con experiencia previa o formación específica.

“Los datos del citado Censo muestran que solo el 30% de los servidores públicos municipales tienen más de tres años de experiencia en su puesto laboral y 24% no laboraron en un espacio de la administración pública municipal antes de tomar su cargo, por lo que podemos determinar que un alto porcentaje no cuenta con experiencia mínima para desempeñar su función pública”, indica el dictamen.

Por ello, la reforma indica que es indispensable hallar mecanismos que aseguren la profesionalización del personal de los municipios, que se encargará de implementar las acciones descritas en la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo, ya que ello coadyuva al logro de sus objetivos.

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