AMLO propone elección extraordinaria en 2025 para ministros, magistrados y jueces en reforma al Poder Judicial
Ciudad de México, 03 de febrero del 2024.- El presidente Andrés Manuel López Obrador propone en su iniciativa de reforma al Poder Judicial sugiere realizar elecciones para designar a ministros, magistrados y jueces, por lo que plantea una elección extraordinaria el primer domingo de junio del próximo año.
Los ministros, magistrados y los jueces, deberán de dejar su cargo una vez que se concluya la jornada electoral, así lo establece la iniciativa que López Obrador presentará el 5 de febrero.
Para el caso de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Senado de la República emitirá la convocatoria para integrar el listado de candidatos el día que se instale el primer periodo de sesiones ordinarias el año previo a la elección.
El Poder Ejecutivo (por medio de su titular) podrá postular hasta 10 aspirantes; el Poder Legislativo 5 por cada Cámara y el Poder Judicial otros 10 candidatos.
Por su parte, los magistrados y jueces celebrarán su elección por circuito judicial y los Poderes de la Unión postularán hasta dos personas de manera paritaria.
Para estas elecciones extraordinarias, el Senado de la República tendrá 20 días después de la entrada en vigor de la reforma para integrar el listado de las personas aspirantes a participar. Adicionalmente, contarán con 20 días naturales para verificar las postulaciones y remitir el listado de quienes sí cumplen con los requisitos al Instituto Nacional Electoral (INE).
La jornada electoral se realizarán el primer domingo de junio del 2025, esto si la iniciativa consigue la aprobación de la mayoría calificada en el Congreso de la Unión.
Tras la jornada electoral, el INE realizará los cómputos de la elección y se los comunicará al Senado de la República, quien realizará y publicará la suma para después enviar los resultados a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Dicha Sala resolverá impugnaciones, calificará el proceso y declarará sus resultados en un plazo no mayor a 30 días naturales.
Tomas de protesta y periodos de cargos
Los nuevos servidores públicos tomarán protesta de su encargo ante el Senado el primero de septiembre de 2025, excepto las consejeras y consejeros electorales del Instituto Nacional de Elecciones y Consultas y las magistradas y magistrados de la Sala Superior y salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quienes lo harán el 1° de octubre de 2025.
El periodo de los ministros que resulten electos en la elección extraordinaria estarán en su cargo 8, 9 y 14 años, explica la iniciativa, por lo que en 2033, 2036 y 2039 se celebrarán elecciones para el Máximo Tribunal del país.
Los periodos de cada cargo se determinarán según el número de votos que obtenga cada candidatura. Es decir, quienes tengan la mayor cantidad de votos tendrán el periodo más largo.
Por su parte, los magistrados y jueces electos en 2025 estarán en su cargo hasta el último día de agosto de 2030.
Los magistrados del Tribunal Electoral que siguen en funciones concluirán su encargo el 1° de octubre de 2025 para que se puedan resolver las impugnaciones que se puedan presentar de las otras elecciones, sin interferir en su propio proceso de renovación.
En este caso, la gestión de los nuevos servidores públicos durará 5 y 8 años.
Los servidores del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que se encuentran en funciones, no podrán ser elegibles para un nuevo periodo en la elección extraordinaria, dice la iniciativa de más de 100 páginas.
Los miembros del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que desaparecerá para la creación del Tribunal de Disciplina Judicial y el órgano de administración judicial, cesarán sus funciones una vez que los magistrados del nuevo tribunal tomen protesta.
El nuevo órgano iniciará sus funciones en septiembre de 2025, cuando sus 5 miembros tomen protesta.
De acuerdo con el documento, los aspirantes no podrán financiar sus campañas con recursos públicos, ni privados, tampoco podrán contratar espacios en radio y televisión para promocionarse. Los partidos políticos no podrán realizar actos de proselitismo a favor o en contra de alguno de los contendientes.
Con información de: https://www.eleconomista.com.mx/