Afiliar oportunamente al ISSSTE a los familiares permite evitar contratiempos a la hora de solicitar servicio médico
Pachuca, Hgo., septiembre 07, 2015
El que los trabajadores al servicio del Estado afilien oportunamente a sus familiares, permite un mejor aprovechamiento de las 21 Prestaciones a las que tienen derecho y evita problemas administrativos en caso de una emergencia en salud.
Así exhortó Jorge Islas Fuentes delegado del ISSSTE a los trabajadores al servicio del Estado que están registrados ante el Instituto, pues es importante cumplir con el requisito y trámite de Afiliación y Vigencia de derechos, ya que es la manera de garantizar la seguridad social de los derechohabientes.
Cumplir con este trámite en el área de Afiliación y Vigencia de Derechos ubicada en el área de atención a los derechohabientes de la Delegación del ISSSTE, afirmó Islas Fuentes, es necesario y obligatorio para que puedan recibir el seguro de salud. EL ISSSTE tiene una población ampara da en Hidalgo de más de 326 mil derechohabientes.
Jorge Islas, detalló que este seguro de salud comprende la atención médica preventiva, curativa, de maternidad, así como rehabilitación física y mental, en los hospitales, clínicas y unidades de medicina familiar.
Al afiliar un trabajador a su familia, asegura que sean incluidos en la Base de Datos Única de los Derechohabientes, fuente oficial única de información, que será utilizada por las unidades administrativas centrales y desconcentradas del ISSSTE en el otorgamiento de los seguros, prestaciones y servicios contenidos en la Ley del ISSSTE y que son las 21 Prestaciones.
Finalmente, Jorge Islas Fuentes dijo que acudir a registrar a los integrantes de la familia en Afiliación y Vigencias Derechos, oportunamente, permite detectar a tiempo cualquier inconsistencia en la documentación requerida, como por ejemplo un acta de nacimiento o matrimonio, que traiga mal escrito el nombre.
Los requisitos para que el personal con derecho al ISSSTE afilie a los integrantes de la familia son: CURP, última talón de pago, comprobante de domicilio no mayor a tres meses, actas de nacimiento de hijos y de matrimonio, no mayor a seis meses, o constancia de concubinato si no hay hijos, en el caso de afiliación de los padres además deberá llevar al momento de afiliarlos una constancia de dependencia económica y acta de nacimiento también del trabajador.