Colaboraciones

La Desaparición de Personas… un Pendiente por Resolver

23 feb 2015

FRANCISCO GRANADOS GONZÁLEZ

La desaparición de personas constituye un triste y viejo problema que ha vivido la humanidad desde años atrás; para no ir muy lejos, basta recordar la desaparición de miles de personas en América Latina, particularmente Argentina, Chile, El Salvador, Uruguay, Haití. En otras latitudes están Yugoslavia, Chechenia, Camboya, Irak, Ruanda, y muchísimas más.

A partir del primer lustro en el presente siglo, México ha vivido de una manera recurrente y muy triste la desaparición o extravío de personas. El no saber o no tener información en un tiempo indefinido de un familiar o ser querido se traduce en un dolor verdaderamente insoportable. Cuando el padre de familia desaparece, entran todos los demás en una catarsis; si se trata de un hijo o una madre, es por igual, el estado de angustia y ansiedad es superlativo.

Lo primero que hacen los afectados al enterarse, es no reconocer la pérdida de sus seres queridos, una agraviada manifestó “creía que estaba vivo, que era una mentira, que regresaría a casa en cualquier momento… pero nunca llegó”, más tarde, los afectados inician la búsqueda incesante, es ahí donde comienza su calvario.

Pasan por una enorme desesperación y angustia, según refirió Juanita: “No se sabe si él está bien, si está vivo, si se acuerda de sus hijos”; me preocupó sobremanera pensar qué iba a hacer sola con mis hijos”. La incertidumbre vivida les genera un sentimiento de culpa por no haberse enterado a qué se dedicó su familiar y por consecuencia haber evitado su desaparición. Postergan todo, se dedican en cuerpo y alma a buscar y tratar de encontrar a su ser querido. Doña Paty, una ofendida, comentó: “Siempre al regreso a casa pensaba que él iba a estar ahí, pero nunca volvió. La angustia la llevas por dentro, jamás te deja tranquila”. 

Después de muchos esfuerzos y sin resultados positivos los embarga la impotencia, la frustración; finalmente entran en depresión y en rechazo hacia la vida. Al paso de los años lo aceptan, pero la angustia es para siempre.

Este fenómeno ha generado en los afectados todo tipo de problemas, principalmente los de orden psicológico, económico, social y del tipo jurídico-administrativo.

SE ENTIENDE POR PERSONA DESAPARECIDA

Aquella cuyos familiares no tienen noticias de ella o su ausencia; se señala con base en una información fidedigna; pudiendo incluso ser producto de un conflicto internacional armado, por violencia interna de un país, por algún fenómeno natural o inclusive por accidente. Extraviada: persona que por circunstancias ajenas a su voluntad, por discapacidad o por ser muy pequeña desconoce o no recuerda sus datos de filiación, identidad y domicilio, por consecuencia no regresa.

MARCO JURÍDICO:

En la legislación federal existen pocas normas que tutelen la figura de personas desaparecidas o extraviadas, el 17 de abril del 2012 salió a luz pública la Ley de Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED), tiene por objeto establecer y regular la operación, función y administrar el registro nacional de datos de personas extraviadas o desaparecidas; además, el 9 de enero de 2013 se publicó la Ley General de Víctimas que es innovadora en el tema, porque mediante el llamado derecho a la verdad establece que en los casos de personas desaparecidas, ausentes, no localizadas, extraviadas o fallecidas, se debe conocer su destino o paradero o el de sus restos; regula también el derecho de toda víctima que haya sido reportada como desaparecida, a que las autoridades competentes inicien de manera eficaz y urgente las acciones para lograr su localización y, en su caso, su oportuno rescate, para lo que el Estado tiene la obligación de iniciar, de inmediato y tan pronto como se haga de su conocimiento, todas las diligencias a su alcance para determinar el paradero de las personas desaparecidas, a quienes se habrá de proteger con el objetivo de preservar, al máximo posible, su vida y su integridad física y psicológica; comprendiendo medidas de satisfacción como la búsqueda de las personas desaparecidas y de los cuerpos u osamentas de las personas asesinadas, así como la ayuda para recuperarlos, identificarlos y volver a inhumarlos según el deseo explícito o presunto de la víctima o las prácticas culturales de su familia y comunidad; proveyendo la creación de un Comité de personas desaparecidas, no localizadas, ausentes o extraviadas.

A nivel estatal destaca la Ley para la declaración de ausencia por la desaparición de personas en el estado de Coahuila, la cual en su art. 1 refiere que “tiene por objeto reconocer y garantizar los derechos a la identidad y personalidad jurídica de la víctima sometida a desaparición y otorgar las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a sus familiares o cualquier persona que tenga una relación afectiva inmediata y cotidiana con la víctima”.

CLASIFICACIÓN

En una primera categoría, la desaparición o extravío de personas se da en menores de 0 a los 18 años y se conoce como desaparición de infantes; segunda la que va de los 19 años en adelante, desaparición de jóvenes y adultos; existe también la desaparición forzada y no omito referir la desaparición producto de un fenómeno meteorológico o por accidente. En los presentes artículos abordare únicamente la desaparición de infantes, adolescentes y adultos.

DESAPARICIÓN DE INFANTES:

Se estima que entre el año 2007 al 2011 desaparecieron aproximadamente en México 150 mil niños (según datos del Congreso de la Unión); de estos, un 67% fueron por sustracción ilegal; 9.3% por ausencia voluntaria; 9.3% por robo; 2.3% por extravío; 1.2% por secuestro, y 10.9 % por causas indeterminables.

La sustracción ilegal se da cuando alguno de los dos padres divorciados se lleva al niño sin la aprobación del otro; ausencia voluntaria cuando los niños huyen de su casa por padecer problemas de violencia familiar; robo cuando una persona ajena se lleva al menor sin el consentimiento de los padres; extravío se refiere a personas con cierta discapacidad o porque son muy pequeños y adolecen de conciencia plena, lo que facilita perderse; causas indeterminables tratándose de adolescentes que han desaparecido por diversas causas.

La pregunta obligada es ¿por qué desaparecen?

BÁSICAMENTE:

a) Porque muchos padres divorciados, quienes no viven juntos y tienen diferencias entre sí, pretenden quedarse ilegalmente con los pequeños, se les hace muy fácil llevárselos y no informan a quien tiene la custodia.

b) Los comercializan para adoptarlos ilegalmente o para explotarlos sexualmente.

c) Para usarlos en trabajos forzados.

Según la Unicef, de 16 a 20 mil niños mexicanos son víctimas de traficantes.

Hasta el año 2011, algunas agrupaciones o fundaciones civiles refirieron que de cada 10 niños que se desaparecen solamente se recupera uno. Actualmente con la alerta Ambert esto ha cambiado. En el año 2011, la PGR reportó que los que más desaparecían eran los que tenían entre 4 y 12 años. En segundo lugar, los que tienen de cero a tres años, y por último, los que tienen entre 13 y 18 años.

Los lugares que presentan mayor incidencia en este fenómeno corresponden al Distrito Federal, el Estado de México, Jalisco y particularmente en explotación sexual infantil se encuentran Cancún, Tijuana y Ciudad Juárez.

El 28 de abril del 2011 el gobierno federal de México aceptó la responsabilidad de impulsar la Estrategia Integral de Alerta AMBER. Facilitando la búsqueda de menores en nuestro país. Esta Alerta fue creada en Dallas, Texas, en 1996, en memoria de Amber Hagerman, una niña de 9 años sustraída mientras andaba en bicicleta. Cuatro días después de haber desaparecido fue encontrada muerta. La primera alerta tomó la forma de convenio sencillo entre la Policía local y los medios de comunicación. Desde 1997 a la fecha la Alerta Amber ha rescatado a cientos de niños en el continente Americano.

La próxima semana continuaremos con la desaparición de adolescentes y adultos.

Disfruten su semana.

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