Multa COFECE a PEMEX TRI con $368 mdp
México, 13 de junio de 2017.- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) multó con 368 millones 763 mil pesos a Pemex Transformación Industrial por incumplir con varios de los compromisos pactados para promover la competencia en el mercado de combustibles, sanción que la empresa puede aún impugnar.
En el reporte mensual de mayo, el organismo regulador detalló que la petrolera faltó con una serie de condiciones impuestas por la entidad para suprimir tratos discriminatorios en la venta de primera mano de diésel marino especial, gasolinas, gas LP, diesel, turbosina y combustóleo.
Pemex no publicó, en los plazos establecidos, información sobre comercialización y ventas de primera mano de petrolíferos y las causas por las que se podría suspender a sus clientes.
La Cofece precisó que en septiembre del año pasado decidió cerrar de manera anticipada un expediente en contra de Pemex Tri en el cual se investigaba la posible comisión de una práctica monopólica relativa. A cambio, la empresa se había comprometido a cumplir una serie de compromisos.
“Al considerar que no acreditó el cumplimiento en tiempo y forma de tres de los seis compromisos aceptados por Pemex TRI, el Pleno le impuso una multa de 368 millones 763 mil pesos”, determinó la Comisión.
Cabe recordar que Pemex Tri se había comprometido a no otorgar beneficios en forma discrecional a los distintos compradores de sus petrolíferos.
Para eso, debía publicar en su portal comercial, a más tardar el 11 de diciembre de 2016, los beneficios concedidos en la venta de primera mano o comercialización de petrolíferos a cualquier agente económico, así como los requisitos para acceder a ellos y las causas para negarlos o revocarlos.
Otro de los compromisos incumplidos fue publicitar los mismos en su portal comercial y en dos medios impresos, a más tardar el 18 de octubre de 2016.
“La Comisión detectó que la empresa incumplió, toda vez que estaba obligado a realizar dos publicaciones en su portal comercial: la primera, a más tardar el 11 de diciembre de 2016, que debía contener los beneficios a la comercialización y ventas de primera mano de petrolíferos, y la segunda, a más tardar el 11 de noviembre de 2016, en la que expusiera las causas por las que se podrían suspender las ventas o comercialización de los mismos”, determinó la Cofece.
Como parte de la resolución, la empresa deberá cumplir con lo establecido en la resolución de septiembre de 2016, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de esta nueva resolución, y presentar los documentos que acrediten su ejecución.
La autoridad también determinó que Pemex no informó al regulador del sector energético, la Comisión Reguladora de Energía (CRE), sobre compromisos adquiridos con la Cofece y la publicación en su portal comercial y en dos medios impresos.
Pemex tiene 15 días hábiles a partir de la notificación de la decisión de la Cofece para impugnar la multa, indicó la autoridad.
No fue posible obtener de inmediato una postura de la petrolera sobre lo anunciado por la Cofece y sobre cuándo habría sido notificada.
Los compromisos mencionados por la Cofece forman parte de una lista de seis que el brazo industrial de Pemex, el TRI, adquirió con la autoridad en septiembre del 2016 para eliminar cualquier trato discriminatorio en el mercado de combustibles y que llevaron al ente antimonopolio a cerrar anticipadamente una investigación sobre posibles prácticas monopólicas relativas.
Con información de Reuters
Verónica Gascón | Reforma