Excluyen a partidos de discusión sobre elección judicial en el INE; «para no generar efectos no deseados», dice Tribunal
- El proyecto fue presentado por el magistrado Felipe de la Mata y aprobado por mayoría de votos en la Sala Superior del TEPJF
Ciudad de México, 09 de octubre del 2024.- La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó el acuerdo del INE para que los partidos políticos no puedan participar en las sesiones del Consejo General donde se discutan los temas relativos a la elección del Poder Judicial.
El INE modificó su reglamento de sesiones para ajustarlo con lo que dispone la reforma al Poder Judicial, que establece que los partidos no pueden involucrarse en las etapas de este proceso electoral, por lo que el PAN y Movimiento Ciudadano impugnaron la decisión.
El proyecto del magistrado Felipe de la Mata, aprobado por mayoría de votos, señala que las impugnaciones son inoperantes e infundadas, ya que el INE está facultado en la reforma para emitir los acuerdos necesarios para la organización de la elección judicial.
«Se trata de argumentos hipotéticos, sin que se advierta que la reforma impugnada incida en la participación de las representaciones y consejerías del Poder Legislativo de los institutos políticos en aspectos o temas vinculados con las elecciones para la renovación de los poderes Ejecutivo y Legislativo, donde pueden participar con derecho a voz dentro del desarrollo de las sesiones, así como solicitar la inclusión y retiro de asuntos del orden de día, pues sólo limita sus facultades respecto de asuntos relacionados específicamente con los procesos para renovar cargos del Poder Judicial de la Federación», expone.
Al respecto, la magistrada presidenta, Mónica Soto, señaló que los partidos no ven afectados sus derechos, pues sólo no podrán participar en las sesiones extraordinarias que vean los temas sobre la elección al Poder Judicial.
“Estimo que el Instituto Nacional Electoral no excedió su facultad reglamentaria, toda vez que, atendió a un mandato constitucional expreso, pues se le confirió la facultad de emitir los acuerdos necesarios para llevar a cabo el proceso extraordinario, aunado que la exclusión atendió a que dicho mandato restringió a los partidos políticos y a consejerías del Poder Legislativo de participar en las sesiones en que se traten asuntos relacionados con los procesos para renovar cargos del Poder Judicial de la Federación”, expuso.
En contra del proyecto, la magistrada Janine Otálora, consideró que el INE hizo una interpretación incorrecta del artículo transitorio de la reforma al excluir a los partidos políticos de la mesa del Consejo General, ya que de acuerdo con su interpretación sí podrían participar de la discusión sin que exista una intromisión como hacer proselitismo, ni posicionarse a favor o en contra de ninguna candidatura.
“A la luz de este enunciado constitucional queda claro que la prohibición de participación de los partidos políticos en las acciones, actividades y sesiones relacionadas con este proceso responde a la preocupación de que sus intervenciones en la mesa del Consejo General puedan generar los efectos no deseados por la disposición constitucional precisada”, sostuvo.
“Este peligro se conjura o modera mediante la limitación o prohibición de intervenir cuando se están tratando aspectos relacionados con las elecciones a cargos judiciales, pero sin alterar, ni la integración del Consejo General ni los otros derechos o prerrogativas que tienen en tanto integrantes de dicho Consejo”, añadió la magistrada.
Con información de: https://www.eluniversal.com.mx/