Colaboraciones

Análisis | Por: Pedro Luis Noble Monterrubio | Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

El Senado de la República aprobó por unanimidad el Dictamen respecto al Proyecto de Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

Este nuevo ordenamiento emananará a su vez, del Decreto por el que se reformaron y adicionaron los artículos 16, 17 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Cotidiana (Solución de Fondo del Conflicto y Competencia Legislativa sobre Procedimientos Civiles y Familiares), mediante el cual se reformó la fracción XXX al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como parte de un paquete de reformas en materia de justicia cotidiana.

Aquí recordamos que con fecha 30 de noviembre de 2021, los Senadores Ricardo Monreal Ávila y Julio Menchaca Salazar, presentaron ante el Pleno del Senado de la República, la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

El dictamen aprobado considera que la nueva legislación sea única, que homologue procedimientos en todo el territorio nacional con el mínimo de formalidades judiciales, que elimine los consabidos criterios judiciales contradictorios sobre una misma institución procesal y que permita adoptar políticas públicas que mejoren la administración e impartición de justicia, tanto del ámbito local (de cada entidad federativa) como federal. Igualmente se propone aprovechar el uso de las tecnologías de la información en los procesos judiciales, con el objetivo de unificar criterios y bases normativas.

La expedición de un Código Nacional de Procedimientos Civiles significa una reforma de grandes dimensiones que posibilitará la pronta y expedita impartición de justicia en los asuntos civiles y familiares. Decimos que la reforma es de gran tamaño ya que de todos los juicios que hoy se substancian en México, el 70 % de ellos corresponden a las materias referidas.

La Comisión de Justicia del Senado de la República que preside Doña Olga Sánchez Cordero y el Grupo de Trabajo en materia de Justicia Cotidiana, instalaron el Grupo Técnico Revisor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Este grupo plural analizó, revisó, investigó, opinó y finalmente propuso contenidos y el esquema de redacción y modificaciones a la iniciativa.

La revisión e integración de proyecto de Código Nacional se llevó a cabo con la participación de especialistas en derecho, operadores jurídicos, personas juzgadoras y magistradas, tanto del ámbito local como federal; integrantes de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados A.C. y del Colegio Nacional del Notariado Mexicano; Colectivos de Personas con Discapacidad, representantes del sector privado y del sector público, como la Secretaría de Gobernación (SEGOB), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE, entre otros.

Entre los aspectos más relevantes del Proyecto de Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares destacan: 1) Los ajustes de procedimiento para personas que pertenecen a grupos que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad; 2) la designación de apoyos extraordinarios y reconocimiento a la capacidad jurídica de todas las personas; 3) La supletoriedad en torno al Procedimiento de Declaración de Ausencia por Desaparición; 4) La incorporación de medidas de protección en materia de violencia de género; 5) La incorporación un Apartado en materia de Adopción; 6) La Oralidad como principio y metodología en los procedimientos y 7) El aprovechamiento de las tecnologías de la información en los procedimientos civiles y familiares.

Corresponde ahora a la Cámara de Diputados, como Cámara revisora, dictaminar al respecto y en su caso, aprobar el proyecto para que este sea enviado al ciudadano Presidente de la República para su promulgación e inicio del periodo de transición que se prevé sea de 4 años para que inicie la vigencia del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

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