Análisis | Por: Pedro Luis Noble Monterrubio | Derecho y obligación ciudadana
Concluidas las campañas electorales, comparto a esta comunidad lectora estas consideraciones finales en materia electoral tendentes a fortalecer el conocimiento sobre estos tópicos de interés ciudadano, dentro del marco de la elección constitucional de este próximo domingo por medio de la cual, se renovará la gubernatura del Estado.
De entrada, posterior a la jornada del 5 de junio, el día 8 se verificarán sesiones especiales de cómputos en los Consejos Distritales Electorales, para conocer los resultados oficiales de cada Distrito, posteriormente el 12 de junio el Consejo General del IEEH, realizará el cómputo final estatal para dar paso a la declaratoria de validez de la elección y entregar la Constancia de Mayoría a la candidatura que haya obtenido el mayor número de sufragios, para que finalmente el lunes 5 de septiembre, rinda protesta la o el próximo titular del Poder Ejecutivo Estatal para el período 2022 – 2028.
Respecto a los momentos de una jornada electoral, estos se encuentran listados de la siguiente manera: 1) Preparación e instalación de la casilla; , 2) Votación: inicio, desarrollo y cierre; 3) Conteo de votos y llenado de actas; 4) Integración de expedientes de casillas y de paquetes electorales; 5) Publicación de resultados y 6) Clausura de casillas.
Por lo concerniente a los actores centrales en los comicios, se encuentran visibles por principio de cuentas, los electores, al igual que funcionarios de casillas, representantes de partidos políticos, observadores electorales, entre otros.
Por electores, se consideran a todos aquellos ciudadanos que tienen credencial para votar y se encuentren insertos en el listado nominal. Los funcionarios de casilla son ciudadanos sorteados y capacitados por el Instituto Nacional Electoral para integrar las mesas directivas de casillas y son a su vez los responsables de instalar las casillas, recibir la votación, clasificar y registrar los votos; los representantes de partidos políticos son igualmente civiles registrados ante el INE por un determinado instituto político para que el día de la elección lo representen en una casilla; los observadores electorales son ciudadanos que solicitaron y obtuvieron su acreditación ante el INE previa una capacitación para observar el desarrollo de la jornada comicial en una o varias casillas y finalmente existimos en el mapa de intervención electoral, algunos otros agentes como capacitadores – asistentes electoral, supervisores lectoral, personal del INE y del IEEH, miembros de corporaciones o fuerzas de seguridad pública, notarios públicos, ministerios públicos y oficiales electorales.
Sobre el armado y estructura de una casilla, se tiene por documentado que cada centro de votación está conformada por 9 funcionarios, siendo estos, 1 presidente, 2 secretarios, 3 escrutadores, 3 suplentes, en tanto que cada partido político, tiene derecho a 1 representante propietario, 1 más en su calidad de suplente y 1 representante general.
Finalmente, en una coyuntura cierta que es la convocatoria activa a la participación ciudadana para ejercer derechos políticos y para cumplir con la obligación moral y política a través del voto libre y secreto.
El ejercicio de los derechos políticos y cívicos lo vemos igualmente con claridad en la participación de mujeres y hombres hidalguenses que fungirán como observadores electorales y quienes podrán verificar los actos de preparación y desarrollo de la jornada electiva y las sesiones de los órganos electorales del INE, presentarse el día de la jornada electoral en una o varias casillas, independientemente del domicilio registrado en la Credencial para Votar, solicitar ante los órganos desconcentrados del INE la información que requieran para el mejor desarrollo de sus actividades, que será proporcionada siempre y cuando existan posibilidades materiales y técnicas para su entrega y la información no sea reservada o confidencial en los términos de la ley y pueden presentar ante la autoridad electoral, en los términos y tiempos que determine el Consejo General del INE, un informe de sus actividades.
Así que ejerzamos a plenitud nuestro derecho a elegir en libertad. Cumplamos igual nuestra obligación ciudadana de participar de la elección de un poder público, el Ejecutivo del Estado.