Análisis | Por: Pedro Luis Noble Monterrubio | Los árbitros electorales
En pleno proceso electoral 2022 por el que se renovará la gubernatura del Estado, es que existe dentro de la normatividad, una red institucional de la materia encargada por mandato de ley de constituirse coloquialmente como árbitros electorales.
Es así que, como el Instituto Estatal Electoral del Estado de Hidalgo, el Instituto Nacional Electoral, así como el Tribunal Estatal Electoral del Estado de Hidalgo y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, son los 4 entes que bajo distintas jerarquizaciones y con atribuciones diversas habrán de tener una participación sustancial en aras de privilegiar la competencia entre pares, llámese los partidos políticos y sus candidatos, en la que se deberá garantizar imparcialidad, apego al estado de Derecho y garantía plena en el marco de la democracia plena y participativa por parte de los institutos y órganos jurisdiccionales previamente citados.
Bajo estas definiciones el Consejo General del IEEH presidido por la Consejera Ariadna González Morales, es el Órgano Superior de dirección y deliberación, tiene la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral y la obligación de velar por la aplicación de sus principios rectores. Como Órgano Colegiado está integrado por siete Consejeras y Consejeros Electorales con derecho a voz y voto, así como un Secretario Ejecutivo; la o el Vocal del Registro de Electores del INE y un representante por cada Partido Político Nacional o Estatal. Estos representantes solo tienen derecho a voz en la sesiones del Consejo.
De conformidad con la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, existe también la figura del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, mismo que igualmente es un organismo público autónomo, de carácter permanente con personalidad jurídica y patrimonio propio, independiente en sus decisiones y es, por ley, la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, es decir, sus resoluciones son dictadas con plenitud de jurisdicción y competencia de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes generales de la materia, la Constitución Política del Estado de Hidalgo y las leyes locales en materia electoral.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación está organizado en una Sala Superior, integrada por 7 Magistraturas, y cinco Salas Regionales, con 3 Magistraturas cada una. Cada sala regional cuenta con una Secretaría General de Acuerdos, en apoyo a la función jurisdiccional. Se cuenta también con una Sala Especializada para atender asuntos relacionados con la fiscalización de los recursos de los partidos, la propaganda y los actos anticipados de campaña.
Como corolario a esta entrega, es que debe situarse puntualmente que durante el período comprendiente de un proceso electoral como el que se encuentra ya Hidalgo inmerso, todos los días y horas son considerados como hábiles, lo mismo de lunes a domingo. De esta forma, se patentiza la importancia que reviste esta coyuntura dentro de la vida política de nuestra entidad frente al futuro inmediato que habrá de encausar la decisión de millones de hidalguenses quienes habremos de ejercer nuestro voto ciudadano el primer domingo del venidero mes de junio para renovar formalmente al Poder Ejecutivo del Estado.
Como se comprenderá, los árbitros electorales son actores centrales para garantizar un clima de paz social y de libertad democrática en el ambiente político que ya se respira es los días actuales. Que así sea en favor de Hidalgo y de la voluntad ciudadana que se verá reflejada en las urnas el próximo 5 de junio.