Economia

Tramitan amparos por salario; ley federal de remuneraciones

  • Servidores públicos mediante amparos buscan mantener prestaciones que les fueron eliminadas desde 2018, como el seguro de gastos médicos mayores o descuentos de Impuesto sobre la Renta

Ciudad de México, 01 de agosto del 2021.- Al menos 3 mil servidores públicos de confianza van tras amparo en contra de la nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, LFRSP, con el despacho Trusan & Roma, de acuerdo con el abogado Rodolfo Martínez.

Hasta el momento, a través de diversos amparos contra leyes anteriores, los servidores públicos han logrado mantener prestaciones que se eliminaron en esta nueva administración federal desde 2018, como parte de la austeridad republicana: seguros de gastos médicos mayores, seguro de separación individualizada o descuentos del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

El Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), uno de los organismos descentralizados de la Comisión Federal de Electricidad, CFE, tiene 700 trabajadores operativos de confianza a nivel nacional. De esa cifra, 315 se ampararon en contra de esta nueva Ley de Remuneraciones con Trusan & Roma, lo cual representa el 45 por ciento.

Asimismo, se ampararon jubilados y pensionados del Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado, INDEP, y trabajadores activos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, CNBV.

Mientras que otros tres mil servidores de CFE, también están organizándose para tramitar su demanda.

“Dentro de los 30 días, a partir de que inició la vigencia de la Ley Federal de Remuneraciones, se promovió la demanda de amparo.

“En tanto, unos 3 mil trabajadores de la CFE, promoverán con nosotros la demanda con motivo del primer acto de aplicación, el cual tendrá verificativo a partir de la primera catorcena de agosto, pues les eliminarán la bonificación del ISR, lo cual representará hasta el 35% de sus ingresos mensuales de cada trabajador de dicho organismo”, explicó el abogado Rodolfo Martínez, en entrevista con Excélsior.

Esta nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (LFRSP), que se expidió el pasado 19 de mayo, fijó que ningún funcionario de la Administración Pública Federal, tendría una remuneración más alta que la del Presidente y que todas las pensiones y jubilaciones se ajustarán a las leyes de seguridad social.

Una remuneración incluye: salario; compensaciones; percepción extraordinaria, como premios, recompensas, bonos, reconocimientos o estímulos, pago de horas de trabajo extraordinarias y asignaciones excepcionales; prestaciones; aguinaldo y gratificación.

La norma de esta nueva ley fija el Producto Interior Bruto (PIB) como referente para determinar las retribuciones de los trabajadores públicos. Establece, en un método que no se había aplicado antes en el país, una fórmula para calcular la llamada Remuneración Anual Máxima, que pertenece al presidente.

Desde noviembre de 2018 se han expedido tres leyes para reducir los ingresos de los servidores públicos de confianza y fijar como tope salarial y de remuneraciones los ingresos del presidente de la república, la primera fue Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos que determinó el salario máximo a 108 mil pesos netos mensuales y eliminó las compensaciones, como seguros de gastos médicos mayores seguros de vida y de separación individualizado; mientras que la segunda fue publicada el 19 de noviembre de 2019, la llamada Ley Federal de Austeridad Republicana con 60 artículos, entre los que incluía una veda de 10 años a los funcionarios para trabajar en la Iniciativa Privada.

De acuerdo con información de la Dirección General de Gestión Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, del 5 de noviembre de 2018 hasta diciembre de 2019, se habían presentado 9 mil 683 amparos directos e indirectos en contra la pasada Ley Federal de Remuneraciones y Ley Federal de Austeridad Republicana, en todos los circuitos de la República Mexicana.

Pero la reducción del salario no es lo único que amenaza a los servidores públicos, sino a una de las primeras promesas que hizo Andrés Manuel López Obrador luego de ganar las elecciones, al anunciar que en su administración reduciría el 70% de la plantilla laboral de los empleados de confianza del gobierno federal.

En este mismo periodo, del 1 de diciembre de 2018 a marzo de 2020, el Sistema del Registro Único de Servidores Públicos del Gobierno Federal (RUSP), registró a 60 mil 717 servidores públicos que renunciaron, reportaron su baja o su puesto fue suprimido.

Mientras que del 1 de diciembre de 2018 a diciembre de 2019, el número de demandas laborales interpuestas ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, por exservidores públicos de la Administración Pública Federal del, debido a presuntos despidos injustificados fue de 4 mil 727.

Al cierre de 2019, la cantidad de personal adscrito a las instituciones de la Administración Pública Federal era de un millón 606 mil 800, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, (Inegi)

“En relación con la remuneración del personal, en 2019 poco menos de la mitad de personal (47.8%) recibió remuneraciones mensuales de hasta 10 mil pesos; 22.4% percibió entre 10 mil y 20 mil pesos; 8.4% entre 20 y 30 mil pesos, y uno de cada seis servidores públicos tuvo ingresos por más de 30 mil pesos mensuales”.

El 8 de julio, el ministro Fernando Franco González Salas negó suspender la aplicación de la nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (LFRSP), luego de que Impugnaron la ley, con controversias constitucionales, el Inegi, el INE, el Banco de México, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, con el argumento de que el tope salarial los limitaba en su autonomía e independencia, pero a diferencia de un juicio de amparo, en controversias constitucionales la ley prohíbe suspender leyes.

El integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó a trámite la controversia constitucional 76/2021 promovida por el organismo autónomo en contra la LFRSP, promulgada en mayo pasado.

“Procede a negar la suspensión en los términos solicitados por el promovente”, resolvió el ministro Franco González Salas.

Con información de: https://www.excelsior.com.mx/

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