Colaboraciones

Acervo | Por: Pedro Luis Noble Monterrubio | Información biométrica y telefonía celular

Hace dos días, el pasado martes 13 de abril, fue aprobada por la Cámara de Senadores por 54 votos a favor (de morena y aliados), 49 en contra y 10 abstenciones, la minuta de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que obliga al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para la instalación, operación, regulación y mantenimiento del PADRÓN NACIONAL DE USUARIOS DE TELEFONÍA MÓVIL (PNUTM), con la información biométrica de cada contratante de los servicios de telefonía móvil.

La exposición de motivos para la creación del PNUTM dijo que era con la finalidad de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad pública y justicia, ante la comisión de delitos cometidos por usuarios de la telefonía móvil.

El dictamen de reformas a la ley que será turnando al titular del Ejecutivo Federal para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación dispone que el nuevo padrón contendrá los siguientes datos: 1) número de línea de telefonía móvil; 2) fecha y hora de activación de la línea telefónica móvil; 3) nombre completo, denominación o razón social del usuario; 4) nacionalidad; 5) número de identificación oficial y Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea; 6) DATOS BIOMÉTRICOS DEL USUARIO (persona física) o de su representante legal (persona moral); 7) domicilio del usuario; 8) datos del concesionario de telecomunicaciones; 9) esquema de contratación de la línea, y 10) avisos de actualización de información.

Es una preocupación mayor para muchos el hecho de que para poder contratar o usar un teléfono celular tengamos que proporcionar nuestros datos biométricos (huellas dactilares de los dedos de ambas manos, mapa de iris y mapa de rostro) y que con ello nos causen riesgos o constituya una violación al derecho a la protección de datos personales de los contratantes.

Comprar un teléfono celular es muy sencillo, activarlo es relativamente fácil, por lo tanto, es bueno que se identifique plenamente a la persona que adquiere un teléfono móvil y su activación. Pero de eso a que proporcionemos así de simple nuestra información de carácter biométrico, para fines de identificación personal, es altamente peligrosa ya que hoy por hoy nadie nos garantiza el adecuado resguardo de nuestra información que recabarán particulares y que supuestamente únicamente quedará en posesión de la autoridad en telecomunicaciones.

El riesgo existe en la manipulación de nuestros datos biométricos personales y con ello el robo de identidad que en los años recientes hemos venido conociendo de casos con mayor frecuencia. Usted se sentiría confiado en que una tienda de las miles que hay en el país u un operador de telefonía móvil le recabe la información biométrica de sus huellas dactilares? de la iris de sus ojos y característica de su cara? Quedaría confiado en que esos datos quedarán bien resguardados? Que nadie los va a manipular? Que nadie va a vender esa información personalísima de usted?

Los datos biométricos se refieren a información sensible que está asociada de manera única, a una persona y a sus características insustituibles. En ese contexto, no puede ponerse en riesgo a nadie con el argumento de colaboración en materia de seguridad. El efecto es exactamente a la inversa.

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