Acervo | Pedro Luis Noble Monterrubio | Revocación de mandato.
El pleno del Senado de la República aprobó por mayoría en lo general, el proyecto de ley en materia de consulta popular y revocación de mandato.
Este dictamen votado por la Cámara de Senadores habrá de ser turnado a San Lázaro para que ahí las y los diputados federales den continuidad al análisis tendiente a reformar y adicionar artículos de la Constitución Política con el ya citado fin.
A lo largo de los últimos días han sido motivo de análisis los alcances e incluso los trasfondos de esta implementación respecto al sometimiento del titular del Ejecutivo federal a un refrendo para continuar o no en el ejercicio de su cargo. Diversas voces han esgrimido opiniones y como en toda decisión de corte legislativa, pero con una connotación política, ha surgido la polémica entre gran parte de la sociedad mexicana.
Por un lado, aquellos que defienden la agenda de Palacio Nacional, precisan que la revocación de mandato es un instrumento democrático que se entrega a los mexicanos para que en libertad podamos decidir en dejar o no seguir gobernando al presidente.
Existen también opiniones de actores de oposición que haciendo uso de la legítima democracia exponen que una decisión de este tipo es sin duda el primer paso hacia la tan cuestionada reelección presidencial, figura que, por supuesto en la historia de México ha quedado marcada en diversos momentos y que, a ojos de la sociedad de nuestros días, definitivamente no es alimentada por casi por ningún ciudadano mexicano.
Lo verdaderamente importante y central es conocer a plenitud el proyecto legislativo que se trabaja por nuestros legisladores. Es así como, una vez que tuve la posibilidad de leer este modelo de ordenamiento jurídico, puedo compartir con ustedes, mis estimados lectores, las siguientes premisas acompañadas de un breve comentario:
1) La consulta popular la solicitarán ciudadanos. Aquí será trascendental que las organizaciones civiles, gremiales, cámaras empresariales y colectivos de la sociedad civil sean actores centrales de las convocatorias susceptibles para un ejercicio de este tipo. Importante será también no dejar opción al corporativismo y asistencialismo que coopte por completo una legítima facultad conferida al pueblo desde esta ley.
Ciudadanos informados es la clave.
2) El Instituto Nacional Electoral será el encargado de organizar la consulta popular de revocación de mandato. Luego entonces, dotar y fortalecer la autonomía del INE y de su Consejo General será prioritario.
3) Esta consulta popular podrá ser solicitada por una sola ocasión, después del tercer año de gobierno, y no coincidirá con las elecciones federales o locales.
Existe garantía de inicio para que el presidente en funciones no aparezca en la boleta dentro de las jornadas comiciales electivas de congresos, gubernaturas o alcaldías.
4) Será válida solo con el 40 % de participación ciudadana. Entonces promovamos como sociedad frente a cada ejercicio de este tipo, una amplia participación social que legitime el resultado. No dejemos espacio a la especulación y a la suspicacia, que por muchos momentos de la vida política nacional han marcado las agendas y por el contrario dotemos todos de una verdadera solidez por cuanto a la voluntad popular se refiere.
Si la revocación de mandato estará en la vida cívica de cada mexicano, participemos entonces y fortalezcamos este ejercicio. Defendamos ese derecho y tomemos esa obligación. Siempre ciñiéndonos a la ley. Sociedad y gobierno por parejo y al igual.