Pedro Luis Noble Monterrubio | La nueva Reforma Laboral.
Fue aprobada hace unos días por el pleno de la H. Cámara de Diputados el dictamen de la comúnmente conocida Reforma Laboral 2019. Se espera que este día en el Senado se dé la discusión. El citado documento prevé modificaciones, derogaciones y adiciones a diferentes ordenamientos jurídicos, entre los cuales destacan la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de la Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.
En la presente entrega menciono algunos puntos importantes de esta reforma legislativa. De entrada, considero relevante contextualizar que se establecen mecanismos de defensa en favor de aquellos trabajadores que sean coaccionados por su patrón a la firma de documentaciones en blanco, una situación laboral que desafortunadamente en la práctica empresarial se da de forma recurrente. En este supuesto, el trabajador podrá acudir ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo a denunciar el hecho, debiendo la autoridad resguardar el acta de la denuncia respectiva.
Esto podría verse como una acción redundante y hasta cierto punto burocrática, sin embargo, el alcance de esta denuncia surtirá efectos altamente probatorios para la causa del trabajador, ya que será considerado un elemento preconsituido para el momento en que sea presentado ante tribunales.
Un punto de gran trascendencia social es el otorgamiento de garantías para trabajadoras embarazadas, quienes no podrán ser despedidas, excepto por causa grave o que impida la continuación de su relación laboral. Este era pues, un compromiso que se tenían con las mujeres trabajadoras de México. Afortundamente ya ha quedado plasmado en ley.
Igualmente se han mejorado las prestaciones básicas en materia laboral. La iniciativa propuesta en San Lázaro establece el incremento de primas dominicales y vacacionales del 25% al 50%, así como el aguinaldo de 15 a 20 días. México ha sido nación referente para el sindicalismo global. Es así como en esta reforma se deja constancia que el trabajo digno también incluye el respeto pleno a la democracia sindical. Reconoce el trabajo como un derecho humano fundamental y un deber social, el cual exige respeto para las libertades y la dignidad de quien lo presta, así como el reconocimiento a las diferencias entre hombres y mujeres para obtener su igualdad ante la ley. Asimismo, se señala que el trabajo debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico digno para las y los trabajadores y sus familiares dependientes.
Un aspecto central de este proceso legislativo ha sido el reconocimiento formal por parte de las instituciones del Estado mexicano a los derechos de las trabajadoras del hogar y el elemento insignia de estas acciones ha sido el acceso que tendrán para afiliarse al Instituto Mexicano del Seguro Social. Estos son algunos tópicos relevantes que observa la reforma laboral para este 2019. Se encuentran también rubros como la nueva tabla de enfermedades de trabajo, las regulaciones para los outsoucirng, puestos de confianza y el derecho a huelga.
Esta reforma deberá publicarse en el Diario Oficial, acción jurídica mediante la cual entrará en vigor en el territorio nacional. Será entonces cuando los trabajadores cuenten con un marco regulatorio en materia laboral útil, eficaz y con elementos de probada utilidad para sus causas e intereses. ¡Que sea en beneficio de todos!